Revista Vivienda Infonavit

Los aspectos de resiliencia urbana en el concepto jurídico de la vivienda digna 

Se potencia a una ciudad resiliente cuando se cumple con los criterios de diseño, construcción y otorgamiento de vivienda digna en los parámetros que se han establecido tanto en las leyes vigentes como en su interpretación bajo la teoría de los derechos humanos, además de los tratados internacionales. Este ensayo inicia con la explicación de la dignidad humana, el trabajo decente y la vivienda digna desde el punto de vista jurídico, continúa con los criterios internacionales y nacionales establecidos para poder considerar que se está cumpliendo con dicho concepto y, finalmente, se analizan los criterios vigentes de otorgamiento de vivienda del Infonavit, relacionando sus puntos de encuentro. El objetivo es dimensionar la importancia y riqueza conceptual de los aspectos de la resiliencia urbana que se encuentran en el concepto de vivienda digna. 

Si tomamos como punto de partida que una ciudad resiliente es aquella que se encuentra preparada para afrontar cualquier tipo de obstáculo o catástrofe que ponga en riesgo la continuidad de la normalidad de la vida de sus ciudadanos (ONU-Habitat, 2018), encontraremos que la vivienda digna es la mejor herramienta para coadyuvar a potenciar la resiliencia urbana. Ello porque el concepto no solo engloba aspiraciones e ideales, sino que contempla diversas disposiciones jurídicas1 que tienden a la materialización del derecho a la vivienda adecuada ligado a los aspectos esenciales de la resiliencia urbana. 

Por lo anterior, en este punto debemos precisar que entendemos como resiliencia urbana no solo la capacidad de la ciudad entendida como acciones gubernamentales de respuesta ante el impacto de un evento, sino además a aquellas acciones sociales que tienen como finalidad superar la crisis o riesgo, y reconstruir los daños hasta alcanzar las condiciones previas a su ocurrencia. En tal sentido, la resiliencia se liga, además, con las motivaciones para que las y los habitantes de una ciudad actúen para poder recuperarse lo antes posible de cualquier evento y, en tal sentido, al tener una vivienda digna, este sentimiento se potencia. 

Para poder sostener el argumento se debe precisar que el concepto de vivienda digna puede explicarse desde el enfoque jurídico, y este nos remite invariablemente a la revisión de los tratados internacionales que contemplan su conceptualización y las características de su materialización. Ello porque, a partir de 2011, en el sistema jurídico mexicano se encuentran garantizados los derechos humanos contenidos en la Constitución (Congreso de la Unión, 2011), así como los que se contemplan en los tratados internacionales que el país ha ratificado. 

En ese sentido tenemos que, bajo la teoría de los derechos humanos, cobra especial importancia la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha esgrimido para precisar el concepto de dignidad humana, pues a través de una tesis de jurisprudencia2 de la Décima Época, intitulada: Dignidad humana. Constituye un derecho fundamental que es la base de los demás derechos humanos reconocidos constitucional y convencionalmente (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2019), nos aclara que esta es la base de todos los derechos en este país y que los conceptos de tratados internacionales relacionados con ella aplican en el sistema jurídico mexicano. 

Para mayor precisión, la Suprema Corte de Justicia también señala que la dignidad humana se entiende como: 

una norma jurídica que consagra un derecho fundamental a favor de la persona y por el cual se establece el mandato constitucional a todas las autoridades, e incluso particulares, de respetar y proteger la dignidad de todo individuo, entendida esta —en su núcleo más esencial— como el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2016). 

 

Esto significa que la dignidad de una persona en nuestro país se considera vulnerada si el trato de alguna autoridad o de un particular la humilla, degrada, envilece o cosifica pero, además, si las condiciones en que desarrolla su vida le producen esos mismos efectos. 

Siguiendo esta interpretación de la Corte, si una vivienda no cuenta con elementos considerados como básicos en términos de lo que precisan las leyes y tratados internacionales, la persona adquiriente de una vivienda podría reclamar el cumplimiento de estos, pues al no contar con ellos provoca que tenga que vivir soportando la vulneración de su dignidad. Un ejemplo claro lo tenemos cuando la vivienda otorgada a las personas se encuentra en lugares apartados, insalubres e inseguros, que vuelven muy peligrosa la habitación de esta vivienda por cuestiones no solo de salud, sino además de seguridad pública. En tal caso, las personas que viven en lugares catalogados como insalubres y peligrosos adquieren esos calificativos por el resto de los pobladores de una ciudad, cuando lo correcto es que las autoridades deberían estar cumpliendo con su labores de salubridad y seguridad pública, y los demás habitantes de la ciudad abstenerse de etiquetar o poner calificativos a las personas por el lugar donde viven. 

En este punto suele argumentarse que esas personas deben soportar esta situación porque así firmaron sus contratos de compra o crédito de vivienda, o porque fue para lo que les alcanzó, argumentos que a la luz de la dignidad humana no se sostienen, pues esas condiciones rebajan la dignidad humana, la cosifican y humillan.

Ahora bien, ¿cómo podemos saber si una vivienda puede alcanzar el calificativo de ser digna? La respuesta más obvia sería decir que es aquella que respeta la dignidad humana de sus habitantes. Pero ¿qué características son las que permiten que una persona no se sienta vulnerada cuando habita una vivienda?

Para responder la interrogante se puede acudir al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, tratado internacional que México ha ratificado y que contiene una serie de derechos humanos. Entre ellos destaca el derecho a la vivienda, pues se contempla en el artículo 11 como una obligación de los Estados que ratifican el pacto, el reconocimiento del derecho de las personas a tener una vivienda adecuada y una mejora continua de sus condiciones de existencia.

Esto significa que la dignidad de una persona en nuestro país se considera vulnerada si el trato de alguna autoridad o de un particular la humilla, degrada, envilece o cosifica pero, además, si las condiciones en que desarrolla su vida le producen esos mismos efectos. 

Siguiendo esta interpretación de la Corte, si una vivienda no cuenta con elementos considerados como básicos en términos de lo que precisan las leyes y tratados internacionales, la persona adquiriente de una vivienda podría reclamar el cumplimiento de estos, pues al no contar con ellos provoca que tenga que vivir soportando la vulneración de su dignidad. Un ejemplo claro lo tenemos cuando la vivienda otorgada a las personas se encuentra en lugares apartados, insalubres e inseguros, que vuelven muy peligrosa la habitación de esta vivienda por cuestiones no solo de salud, sino además de seguridad pública. En tal caso, las personas que viven en lugares catalogados como insalubres y peligrosos adquieren esos calificativos por el resto de los pobladores de una ciudad, cuando lo correcto es que las autoridades deberían estar cumpliendo con su labores de salubridad y seguridad pública, y los demás habitantes de la ciudad abstenerse de etiquetar o poner calificativos a las personas por el lugar donde viven. 

Además, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su observación número 4, relativa a la materialización de este derecho, ha establecido que una vivienda adecuada no es solo aquella que otorga protección por el mero hecho de tener un tejado, sino que lo es aquella que garantiza el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad. Incluso, este comité precisa que, siguiendo las disposiciones que ha generado la Comisión de Asentamientos Humanos y la Estrategia Mundial de Vivienda, las viviendas adecuadas y dignas son aquellas que permiten a las personas aislarse con espacio, seguridad, iluminación y ventilación adecuadas, y que cuentan con la infraestructura apropiada en relación al trabajo y servicios básicos, siempre a precio razonable (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 2021). 

En resumen, para el comité que vigila la materialización de este tratado, una vivienda adecuada y digna debe cumplir con: 

  • Seguridad jurídica de su tenencia 
  • Disponibilidad de servicios materiales 
  • Facilidades e infraestructura para garantizar la salud 
  • Agua potable, energía, calefacción, alumbrado, instalaciones sanitarias y de aseo 
  • Almacenamiento de alimentos, eliminación de desechos y drenaje 
  • Costo de mantenimiento soportable 
  • Habitabilidad, en el sentido de que debe proteger a los habitantes con un espacio adecuado de las inclemencias del clima, amenazas de salud, riesgos estructurales, vectores de enfermedad y seguridad física 
  • Encontrarse en lugares que permitan el acceso a opciones de empleo, atención de la salud, escuelas y parques (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 2021)

Ahora bien, estas características son las que jurídicamente deben garantizarse de manera ineludible para las personas trabajadoras de nuestro país, ya que, por razones históricas, el otorgamiento de crédito para la obtención de una vivienda se encuentra ligado al derecho laboral, de tal suerte que cuando tenemos una relación formal de trabajo, existe un descuento en nuestro salario que está destinado a acumular fondos para la obtención de créditos de vivienda. 

De hecho, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 2, incluye desde 2012 el concepto de trabajo digno o decente, como aquel que tiene como característica el respeto de la dignidad humana de la persona trabajadora, no solo porque su salario sea remunerador, sino porque además de las prohibiciones de discriminación, posibilita que tenga acceso a la seguridad social, por lo que le permite acceder a la obtención de créditos de vivienda que tenga la característica de digna (Congreso de la Unión, 2012).

El sentido de pertenencia de un espacio propio provoca que las personas no solo lo cuiden, sino que además lo mejoren y prevean adaptarlo no solo a sus necesidades, sino a las propias de las ciudades. 

En tal sentido, las características referidas como esenciales para considerar a una vivienda adecuada o digna se encuentran relacionadas con las relativas al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pues estas deberán ser las que contenga una vivienda que se otorgue a un trabajador a través de su respectivo crédito.

Por lo que, a la luz de los documentos jurídicos, es importante resaltar que una vivienda con características dignas por su propia naturaleza y características descritas contribuye a formar y potenciar ciudades resilientes.

Abonando al argumento principal de este breve ensayo, se puede apreciar que el primer elemento de materialización lo constituye la certeza de la tenencia de la propiedad. Es decir, que la vivienda que se considera como digna debe garantizar que no existan confusiones respecto de la tenencia o propiedad de la vivienda que se habitará. Esto resulta importante, ya que en nuestro país existen distintos tipos de tenencia que han provocado disparidades y confusiones en las personas que no pueden acceder a propiedades privadas costosas, o la imposibilidad de acceder a la tenencia de propiedades ejidales o comunales. En tal sentido, reconstruir lo propio es más factible que intentar recuperar aquello de lo que no tenemos certeza si nos pertenece.

Ahora, si pensamos en este primer criterio de materialización en relación con la idea de resiliencia de la ciudad, el sentido de pertenencia de un espacio propio provoca que las personas no solo lo cuiden, sino que además lo mejoren y prevean adaptarlo no solo a sus necesidades, sino a las propias de las ciudades; de acuerdo, desde luego, con sus ingresos que, como se vio antes, el concepto de trabajo decente lo contempla, así como los principios de materialización de derechos del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Respecto del segundo criterio: disponibilidad de servicios materiales, facilidades e infraestructura para garantizar salud, es notable que se contemple que los materiales con los que la vivienda esté construida propicien las condiciones salubres mínimas para la existencia digna, en el sentido de que, en caso de emergencias o desafíos a los que enfrente la ciudad, las viviendas con infraestructura que propician la salud permitirán una mayor posibilidad de reutilización y restauración ante cualquier catástrofe. De hecho, el siguiente elemento contemplado para considerar a una vivienda como adecuada incluye el acceso al agua potable, energía, calefacción, alumbrado, instalaciones sanitarias y de aseo, así como el almacenamiento de alimentos, eliminación de desechos y drenaje; elementos que potencian el cuidado de la salud y que coadyuvan a elevar la calidad de vida de los habitantes de la vivienda.

Un factor relacionado con la posibilidad de que la vivienda pueda hacer frente a catástrofes constituye, sin duda, el costo de mantenimiento soportable, pues una vivienda que, en relación con los ingresos de sus habitantes, permita su rápida reparación o mantenimiento, contribuirá a la resiliencia de la ciudad.

El último criterio de materialización del derecho a la vivienda, la habitabilidad, está relacionada directamente con el concepto de resiliencia pues, como lo vimos, implica que la vivienda debe proteger a sus habitantes de las inclemencias del clima, las amenazas de salud, los riesgos estructurales, los vectores de enfermedad y la seguridad física. Por tanto, una vivienda con estas características contemplará un diseño y ubicación que la prepare para enfrentar los desafíos naturales, además de los sociales y económicos, pues este último criterio también señala la necesidad de que la ubicación se encuentre en lugares que permitan el acceso a opciones de empleo, atención de la salud, escuelas y parques.

Nuevas reglas para el otorgamiento de crédito Infonavit

Por último, no es posible dejar de mencionar que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) ha expedido nuevas reglas para el otorgamiento de créditos (ROC) que contemplan criterios que tienen puntos de encuentro con los que hasta ahora se han comentado. De hecho, en la exposición de motivos de estas nuevas reglas para otorgar crédito del instituto se hace referencia al ya referido Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales con su criterio de vivienda adecuada.

De manera muy clara encontramos que las observaciones para materializar este derecho se encuentran contempladas en el Capítulo II de las referidas reglas, pues en la décima se establecen criterios que las atienden. Así pues, tenemos que se prevé que la vivienda deba ser cómoda, higiénica y duradera,3 ubicada en una zona de intensidad de riesgos baja o muy baja, de conformidad con el Atlas de Riesgos que emiten las autoridades correspondientes y las normas de construcción y protección civil del lugar donde se encuentre. Además, se prevé que puede considerarse como adecuada aquella que se ubique en zona de riesgo medio siempre y cuando existan obras y medidas de mitigación adecuadas (Infonavit, 2021).

En este sentido, llaman la atención las precisiones de las ROC relativas a la seguridad física de las y los habitantes, así como de la protección que deberá tener la vivienda ante condiciones climáticas extremas. Aunado esto último a que en las reglas que establecen las condiciones particulares para cada tipo y modalidad de crédito que se otorga por este instituto se señala, de manera literal, que deberá contemplarse: la “seguridad de la tenencia, disponibilidad de servicios, instalaciones e infraestructura, asequibilidad, habitabilidad, calidad de la construcción y sus materiales, accesibilidad, ubicación y adecuación cultural, considerando los requerimientos establecidos en la legislación vigente como mínimos” (Infonavit, 2021).

Como se puede observar, esto es un estricto apego a las características que establece el Comité Observador del multirreferido Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por lo que podemos señalar que las ROC de esta institución se acercan a los estándares internacionales para comenzar a garantizar que las viviendas de las personas trabajadoras sean adecuadas y dignas. 

Reflexiones finales

Aun cuando una vivienda sea considerada adecuada y digna para habitarse, la ocurrencia de una catástrofe o acontecimiento que afecte a una ciudad puede provocar que quede en condiciones inhabitables. Sin embargo, los aspectos ligados a la resiliencia urbana que se encuentran en los criterios para considerar una vivienda digna son importantes para motivar la prevención de los riesgos ante un episodio disruptivo y la reconstrucción de la vida normal de sus habitantes en caso de haber sido afectados por él. Esta situación se potencia cuando las personas se saben dignas en sus viviendas pues, como mencionamos líneas arriba, una vivienda con sentido de lo propio, habitable, mantenible y digna será siempre motivo para que las personas que en ella vivan deseen su pronta recuperación o reconstrucción, contribuyendo así a potenciar la resiliencia de las ciudades. 

Pero aún mayor es la posibilidad de que esta situación se materialice si las características que hacen adecuada y digna a una vivienda se encuentran establecidas no solo en los tratados internacionales, sino en las mismas reglas con las que se otorga el crédito para adquirirla (en el caso citado del Infonavit), pues se advierte que otorgar vivienda digna no solo tiene el propósito de cubrir con obligaciones constitucionales, sino que reflejan el peso e importancia que los gobiernos otorgan a la dignidad de las personas. 

De hecho, en un razonamiento de lógica, estos criterios de materialización de una vivienda digna y adecuada minimizan la posibilidad de que quede inhabitable en caso de sufrir impactos debido a algún fenómeno disruptivo, pues por su ubicación, costo e infraestructura, la posibilidad de su reconstrucción incrementa; además está el hecho de que otorgar una vivienda sin estas características pone en riesgo la vida de sus habitantes, situación que, aparte de ser algo humillante o degradante, vulnera la dignidad humana, como se expuso líneas arriba. 

En suma, la vivienda digna y adecuada, en términos que marcan los estándares internacionales y obliga nuestra Constitución, potencia la capacidad de resiliencia de una ciudad, pues al incluirse aspectos ligados a la resiliencia obtenemos algo mucho más importante: la dignificación y calidad de vida de sus habitantes. 

Notas

1. El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: “Toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa”; es decir, se trata de un derecho que se traduce no solo en cuestiones de dignidad y decoro, sino que se hace referencia a la idoneidad de las viviendas, de tal suerte que entendemos que debe ser adecuada para garantizar la dignidad de las personas. 

2. Las tesis de jurisprudencia constituyen criterios de interpretación de la Constitución, emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismos que guían el actuar de las autoridades jurisdiccionales en el país. 

3. Para ser considerada como duradera, la vida útil remanente de la vivienda debe ser de 30 años.  

   Referencias

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2021). Observaciones generales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. https://conf-dts1.unog.ch/1%20spa/tradutek/derechos_hum_base/cescr/00_1_obs_grales_cte%20 dchos%20ec%20soc%20cult.html#GEN4 

Congreso de la Unión (10 de junio de 2011). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación. 

Congreso de la Unión (30 de noviembre de 2012). Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación. 

Infonavit (12 de mayo de 2021). Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes. Diario Oficial de la Federación. 

ONU-Habitat (Octubre de 2018). ONU-Habitat. Por un mejor futuro urbano. https://onuhabitat.org.mx/index.php/ciudades-resilientes#:~:text=Por%20tanto%2C%20una%20ciudad%20resiliente,de%20origen%2C%20esperados%20o%20 inesperados 

Suprema Corte de Justicia de la Nación (2016). La dignidad humana no se identifica ni se confunde con un precepto meramente moral, sino que se proyecta en nuestro ordenamiento como un bien jurídico circunstancial al ser humano, merecedor de la más amplia protección jurídica, reconocido actualmente en 1a./J. 37/2016 (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. 

Suprema Corte de Justicia de la Nación (18 de mayo de 2019). Dignidad humana. Constituye un derecho fundamental que es la base de los demás derechos humanos reconocidos constitucional y convencionalmente. Tesis: I.10o.A.1 CS (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. 

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Óscar Javier Apáez Pineda

El autor es doctor en Derecho y Globalización por la UAEM. Es profesor investigador perteneciente al SNI, así como jefe de Posgrado y Doctorado en la Universidad La Salle, México. Puede ser contactado en el correo electrónico: oscar.apaez@lasalle.mx

 

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Arquitecto egresado del ITESM, con estudios de maestría en Gestión Creativa y Transformación de la Ciudad por la Universidad Politécnica de Cataluña, en Barcelona. A lo largo de su trayectoria ha combinado la docencia con la investigación y el servicio público. Actualmente es el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y anteriormente fungió como director de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Salud del gobierno de la CDMX, así como asesor técnico para la Secretaría de Finanzas. Cuenta con proyectos de desarrollo urbano y económico con un enfoque de combate a la desigualdad social. Entre dichos proyectos se encuentra el Centro Cultural El Rosario, en la CDMX, el cual busca la integración social a través de actividades culturales y tecnológicas.

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Abogado egresado de la UNAM y especialista en el régimen jurídico inmobiliario y en el diseño y operación de instrumentos jurídicos en materia de ordenamiento territorial y derecho de propiedad. Es socio y consultor en el despacho Grupo de Consultoría Corporativa, S.C. desde 1995. Ha sido consultor, investigador y profesor en el Programa de Estudios Metropolitanos de la UAM, el Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad de la UNAM, el Colegio Mexiquense, el Colmex, la Ibero y el Banco Mundial.

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Arquitecto y maestro en Urbanismo por la UNAM con especialización en Estudios Urbanos en Holanda, y en Desarrollo Rural Integral en Egipto. Profesor-investigador titular en la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco (UAM), miembro fundador del Programa de Investigación en Estudios Metropolitanos y profesor de la Maestría en Urbanismo en la Facultad de Arquitectura de la UNAM. Ha sido profesor en El Colegio de México (Colmex), en numerosas universidades de varios estados de la república, así como en la Universidad de Buenos Aires y en el Massachussets Institute of Technology. Ha laborado en diversas dependencias del sector público. Coordinó la realización de grandes proyectos como el programa general de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y el programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México, además de ser asesor en la elaboración de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Debido a su trayectoria, ha recibido premios como La Gran Orden de Honor Nacional al Mérito Autoral y el Premio Nacional Carlos Lazo. Tiene más de cien publicaciones en medios nacionales e internacionales. Es autor y coautor de varios libros sobre los temas del desarrollo urbano, suelo y vivienda.

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Abogado y doctor en Derecho por la UANL y maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de la Administración Pública en La Sorbonne, París. Ha trabajado como docente en el ITESM, en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública y la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, en donde es profesor fundador. Recibió el premio Instituto Nacional por un artículo en coautoría con Felipe Solís Acero. Ha sido columnista en Grupo Reforma desde 1996 y servidor público local, federal y abogado miembro del Notariado de Nuevo León.

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Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana (Ibero), maestro en Derecho por la Universidad de Warwick, Inglaterra, y doctor en Sociología por la UNAM. Se ha dedicado a la investigación académica de cuestiones urbanas y ambientales desde la perspectiva de la sociología del derecho. Asimismo, fungió como procurador federal de Protección al Ambiente entre 1994 y 2000. En los últimos años ha explorado, entre otros temas, los conflictos socioambientales y la expropiación. En 2012 promovió la formación de una red de investigadores sobre “Jueces y ciudades en América Latina”, en el contexto de la Asociación Internacional de Sociología, con el objeto de examinar el significado y los efectos del activismo judicial en el medio urbano en la región. Actualmente es vicepresidente de la Federación Iberoamericana de Urbanistas.

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Arquitecta y doctora en Urbanismo por la Universidad Federal de Río de Janeiro, Brasil. Es profesora-investigadora de diversas asignaturas en programas de pregrado y posgrado en el Instituto de Arquitectura, Diseño y Arte, de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, donde además se desempeña como coordinadora del Programa de Diseño Urbano y del Paisaje. Autora del libro Densificación sustentable y habitable: viabilidad urbana, económica y sociocultural; ha publicado diversos artículos en capítulos de libro y revistas científicas.

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Ingeniero civil y doctor en Urbanismo por la UNAM. Actualmente se desempeña como profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAM y consultor independiente en temas de planeación, financiamiento y monitoreo. Ha sido funcionario público en Banobras y en la Conavi. Es miembro del Colegio de Ingenieros Civiles de México.

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Sus líneas de investigación son: economía urbana, economía del transporte, evaluación de proyectos y economía ambiental. Ha colaborado en más de 50 proyectos e investigaciones aplicadas en los tres órdenes de gobierno, así como en consultoría privada en temas relacionados con el desarrollo urbano, movilidad, evaluación de proyectos de infraestructura vial, salud, dotación de agua potable, gasoductos, protección a centros de población, entre otros.

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Ingeniero civil y maestro en Mecánica de Suelos por el Instituto Politécnico Nacional (IPN). Es especialista en el análisis y diseño geotécnico de cimentaciones y pavimentos. Cuenta con una trayectoria profesional de más de 30 años, alternando la práctica profesional con la academia, la investigación, el servicio público y la práctica privada. Actualmente es profesor de las Academias de Geotecnia y Vías Terrestres, así como vocal de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica 2021-2022. Ha ocupado cargos públicos como subdirector de Planeación y Control en el Ayuntamiento de Naucalpan, Estado de México, entre otros.

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Ingeniero mecánico electricista por la Facultad de Ingeniería de la UNAM, con estudios de especialización en México y el extranjero en Protección Civil, Sistemas de Alerta Temprana y Gestión Integral de Riesgos de Desastre. Inició su trayectoria en el Instituto de Ingeniería en la Coordinación de Instrumentación Sísmica. Fue coordinador operativo del Servicio Sismológico Nacional y en el Cenapred ocupó diferentes cargos desde su incorporación en 1989, donde actualmente es el director general. Ha sido asesor y consultor de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (CDMX), de la LXII Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados federal, de la Estrategia Internacional para la Reducción del Riesgo de Desastres de las Naciones Unidas y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe.

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Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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LEONARDO E. FLORES CORONA

Ingeniero civil y maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la UNAM. Coordina el Grupo de Trabajo redactor de las Normas Mexicanas sobre mampostería en el Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, y es secretario en la Sociedad Mexicana de Ingeniería Sísmica. Se desempeña como jefe de departamento de Ingeniería Sísmica y Mecánica estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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MICHELLE MUNIVE GARCÍA

Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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ANTULIO ZARAGOZA ÁLVAREZ

Geógrafo por la UNAM. Cuenta con diplomados en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia en los Desastres. Labora como jefe de Departamento de Análisis de Fenómenos Geotécnicos, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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JOEL ARAGÓN CÁRDENAS

Maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la Universidad Autónoma de México (UNAM). Formó parte de la Subdirección de Riesgos Estructurales en el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), donde actualmente es subdirector de Vulnerabilidad Estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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LEOBARDO DOMÍNGUEZ MORALES

Ingeniero civil por Benemérita Universidad Autónoma de Puebla con Maestría en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Ingeniería de la UNAM, donde fue profesor investigador. Ha participado en proyectos sobre instrumentación geotécnica, sísmica y puvial en diversas partes del mundo y ha colaborado en misiones de apoyo técnico en América Latina y Asia. Es miembro fundador del Comité de la Estrategia Mexicana para la Mitigación de Riesgos por Inestabilidad de Laderas.

Actualmente es el subdirector de Dinámica de Suelos y Procesos Gravitacionales, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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YOLANDA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

Doctora en Arquitectura por la Universidad de Guanajuato, así como licenciada y maestra en Arquitectura por la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY). A lo largo de su trayectoria se ha desempeñado tanto en el sector privado, el público, como en la docencia, trabajando como profesora e investigadora en la Facultad de Arquitectura de la UADY, y desde el año 2000 en el área de diseño y desarrollo urbano y vivienda. Actualmente es coordinadora de la Maestría en Arquitectura de la FAUADY. Sus áreas de investigación son la expansión urbana, así como los instrumentos normativos.

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MARIO ALFREDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ

Doctor en Humanidades, con especialidad en Filosofía Moral y Política, por la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa (UAM-I). Se desempeña como profesor investigador de la Facultad de Filosofía y Letras, así como coordinador del Posgrado Interinstitucional en Derechos Humanos en la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Es integrante del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. A lo largo de su trayectoria ha sido profesor invitado en numerosas universidades y fungió como asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

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MAIRA GABRIELA JURADO GUTIÉRREZ

Maestra en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana con estudios en Cooperación Internacional para el Desarrollo, y Licenciada en Relaciones Internacionales, también por la Universidad Iberoamericana. Actualmente se desempeña como directora de Operación y Seguimiento a Programas en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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CARINA ARVIZU MACHADO

Maestra en Diseño de Ciudad y Ciencias Sociales por la London School of Economic and Political Sciences y arquitecta por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Actualmente se desempeña como directora de Desarrollo Urbano del Tren Maya en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y fue subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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MALINALLI HERNÁNDEZ-REYES

Estudiante del Doctorado en Estudios Humanísticos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Su investigación se centra en los efectos de las tareas reproductivas en la labor productiva de la mujer en la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM). Es maestra en Ingeniería y Administración de la Construcción por la misma institución y por la Universidad Veracruzana. Realizó una estancia académica en el Grupo de Investigación en Geografía y Género del Departamento de Geografía en la Universidad Autónoma de Barcelona para la revisión metodológica de su investigación doctoral.

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ALEJANDRA PALACIOS M.

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo en Sistemas de Información Geográfica para las Áreas de Vivienda y Urbanismo del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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JOAQUÍN R. GARCÍA V.

Arquitecto por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo para el Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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CARMEN ARMENTA MENCHACA

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Es especialista en Diseño Urbano y Desarrollo Inmobiliario. Ha desarrollado una trayectoria profesional híbrida, alternando su trabajo entre la academia, la investigación tanto científica como aplicada, y la práctica privada de la profesión. Su principal línea de investigación es la vivienda, privilegiando la investigación aplicada para el desarrollo de metodologías y programas, dirigidos a dar solución a la problemática de vivienda en los sectores de población históricamente más vulnerables y vulnerados. Desde el 2014 es líder del Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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ELENA V. V. SOLÍS PÉREZ

Licenciada en Psicología por la Universidad Autónoma Nacional de México (UNAM) y especialista en producción social de vivienda de bajos ingresos. Cuenta con una trayectoria de más de 45 años en la administración pública, la academia y la iniciativa privada. Ha colaborado en organismos de vivienda y de regularización de la tenencia de la tierra en el ámbito federal y de la Ciudad de México. Ha realizado investigaciones en materia de vivienda y política habitacional para el Banco Mundial, Hábitat para la Humanidad América Latina y el Caribe y el Centro Cooperativo Sueco. Colaboró con la Comisión de Vivienda para las reformas a la Ley de Vivienda 2006. De 2007 a la fecha dirige el Centro de Apoyo Mejoremos, una organización distinguida con el Premio Nacional de Vivienda 2014, en la categoría de Producción Social de Vivienda Urbana.

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PEDRO PACHECO SOLANO Y ALICIA SOFÍA LANDÍN QUIRÓS

Estudiantes de noveno semestre de Ingeniería en Desarrollo Sustentable del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2018 han sido asistentes de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM participando en la elaboración de atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano.

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SEBASTIÁN FAJARDO TURNER

Estudiante de décimo semestre de la carrera de Arquitectura del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2020 se desempeña como asistente de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, donde ha participado en la elaboración de planes municipales de desarrollo y un estudio sobre la expansión urbana de Monterrey.

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DIEGO FABIÁN LOZANO GARCÍA

Biólogo egresado de la Facultad de Ciencias de la UNAM. Cuenta con una Maestría en Ciencias y un Doctorado del Departamento Forestal en el área de Análisis Geoespacial, por la Universidad de Purdue, Indiana, en Estados Unidos. Es director y fundador del Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, campus Monterrey. También es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. Tiene una amplia experiencia en el uso de herramientas de percepción remota para análisis de riesgos, calidad ambiental y desarrollo urbano.

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ROBERTO PONCE LÓPEZ

Doctorado en Estudios Urbanos y Planeación por el Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT), en Estados Unidos, y una Maestría en Política Pública por la Universidad Carnegie Mellon (CMU), en Estados Unidos. Actualmente es profesor-investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey. Su investigación es sobre la modelación urbana y el diseño de políticas públicas de transporte y uso de suelo.

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PALOMA SILVA DE ANZORENA

Experta en el diseño de políticas públicas, subsidio y financiamiento a mercados de vivienda y desarrollo urbano sustentable en Latinoamérica y el Caribe. Actualmente labora en el Banco Interamericano de Desarrollo en Washington. A lo largo de su trayectoria profesional se ha desempeñado como ministra de Vivienda en México y directora general adjunta de Sociedad Hipotecaria Federal. Es socia fundadora de IXE Banco y AFORE XX, así como miembro del consejo de administración de diversas instituciones públicas. También se desempeña como catedrática con más de 20 años de experiencia, impartiendo clases a nivel licenciatura y maestría.

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NORMA GABRIELA LÓPEZ CASTAÑEDA

Es abogada por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y Maestra en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana (UP). Desde diciembre de 2018 tiene a su cargo la Dirección de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos en otras instituciones públicas, como el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Asimismo, ha laborado en la industria privada y la academia.

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IRENE ESPINOSA CANTELLANO

Economista y funcionaria pública. Desde enero de 2018 ocupa el cargo de subgobernadora del Banco de México, convirtiéndose en la primera mujer dentro de la Junta de Gobierno que se estableció con la autonomía en 1994, y la primera en ocupar un rol cupular en el banco central mexicano desde su creación en 1925. Cuenta con una trayectoria de más de 25 años de experiencia en el sector financiero y académico. Se ha destacado profesionalmente tanto en la administración pública como en organismos financieros internacionales.

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JOANA CECILIA CHAPA CANTÚ

Doctora en Economía con especialidad en Teoría Económica y Aplicaciones, titulada con honores, por la Universitat de Barcelona (UB). Desde 2003 es profesora de tiempo completo de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), y desde 2016 es directora de su Centro de Investigaciones Económicas. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel II, así como miembro fundador y activo de asociaciones vinculadas al análisis sectorial y de finanzas públicas. Del 2007 a la fecha cuenta con alrededor de 50 publicaciones. Sus principales áreas de interés son los modelos multisectoriales, el crecimiento económico y las finanzas públicas.

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MARÍA EUGENIA HURTADO AZPEITIA

Doctora en Arquitectura y profesora en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) desde 1982. Es jefa del taller de proyectos del grupo de apoyo técnico solidario Espacio Máximo y Costo Mínimo, A.C. desde 1983. Junto con su asociado, Carlos González y Lobo, sus trabajos y proyectos han sido distinguidos con diversos premios, entre los que destacan el premio Vassilis Sgoutas 2011, otorgado por la Unión Internacional de Arquitectos UIA en Tokio, y el premio honorífico Magdalena de Plata, 2013, concedido por la Federación de Arquitectura Social – FAS. Ha impartido cursos y dictado talleres en organizaciones civiles de Chile, Cuba, España, México, República Dominicana y Marruecos. Es miembro de la Asociación Mexicana de Arquitectas y Urbanistas (AMAU) y formó parte de la red XIV-E: Vivienda Rural del CYTED-HABYTED de Cooperación Iberoamericana.