Activismo judicial y distorsiones agrarias. Nuevos retos jurídicos de la política de suelo

Por Antonio Azuela de la Cueva

A los aspectos jurídicos de una política suele contemplárseles como parte de la “solución”, pero también son parte del “problema”. En este ensayo se señalan dos tipos de prácticas jurídicas que han creado nuevas condiciones en los procesos de incorporación del suelo: un activismo judicial que tiende a reducir los márgenes de acción de la administración pública del Estado sobre la propiedad privada y una serie de prácticas fraudulentas sobre las tierras ejidales que restringen el acceso al suelo urbano por parte de los sectores más vulnerables. Ambas contribuyen a crear condiciones objetivas que deben ser reconocidas para el conocimiento integral de los problemas que debe resolver una política de suelo.

En agosto de 2020, el gobierno federal publicó la Política Nacional de Suelo. Después de casi tres décadas en las que el tema había pasado a segundo o tercer plano en el horizonte de las políticas urbanas y territoriales, al fin tenemos un documento para discutir sobre una de las instituciones centrales del orden territorial: la propiedad de la tierra y su relación con los procesos de ocupación del espacio.

El documento parte de una idea que ha sido recurrente desde los años ochenta en nuestro país: que el suelo es un “recurso estratégico” para el desarrollo urbano e, incluso, para el desarrollo en general. Ofrece un análisis de las consecuencias del modelo de ocupación dominante en las últimas décadas y propone un conjunto de principios y retos estratégicos para lograr los objetivos que, independientemente de cómo se formulen, están plasmados en el artículo 27 constitucional desde 1976.

No es mi intención ofrecer aquí un análisis del documento en su conjunto, sino señalar únicamente una serie de prácticas jurídicas que han adquirido una gran importancia en la conformación de las relaciones de propiedad en torno al suelo y que no han sido incluidas en él. La intención de fondo que inspira a estas páginas es llamar la atención de la profesión (del urbanismo, la planeación, el ordenamiento del territorio o como queramos llamarle) sobre la necesidad de reconocer, en la dimensión jurídica de la planeación, un campo problemático. Si se buscan los temas jurídicos en la bibliografía académica sobre la planeación, lo que se encontrará son solo dos tipos de aproximaciones: la que ve a lo jurídico como un instrumento (pretendidamente neutro) de las políticas, y la que lo observa como una anomalía cuando se presenta el conflicto y los jueces u otros operadores jurídicos imprimen sesgos no deseados por las intenciones originales de las políticas.

Lo que me propongo mostrar a continuación es que, en las últimas décadas, ha habido en México dos tipos de prácticas jurídicas que han creado situaciones que condicionan (en el sentido de que restringen y al mismo tiempo posibilitan) las formas predominantes de ocupación del territorio: me refiero al activismo judicial, por un lado, y a las prácticas fraudulentas de las instituciones agrarias, por el otro. Se trata de prácticas que deberían ser incorporadas al diagnóstico de la política de suelo, en la medida en que requieren de respuestas específicas.

Activismo judicial

Si los manuales de teoría de la planeación suelen pasar por alto las prácticas jurídicas que inciden en la conformación del espacio, cuando consultamos los textos de historia urbana, tales prácticas aparecen casi en primer plano: ¿cómo entender la historia de la planeación en el Reino Unido sin hacer referencia a la Town and Country Planning Act de 1947? ¿Cómo comprender el París del siglo XIX sin las resoluciones del Consejo de Estado sobre las expropiaciones del Barón de Haussman? ¿O la institucionalización de la zonificación en los Estados Unidos sin el caso Euclid vs. Ambler? Incluso en México existe la creencia generalizada de que la institucionalización de la planeación urbana tiene que ver con la expedición de una ley, la General de Asentamientos Humanos, en 1976.

Si los manuales de teoría de la planeación suelen pasar por alto las prácticas jurídicas que inciden en la conformación del espacio, cuando consultamos los textos de historia urbana, tales prácticas aparecen casi en primer plano: ¿cómo entender la historia de la planeación en el Reino Unido sin hacer referencia a la Town and Country Planning Act de 1947? ¿Cómo comprender el París del siglo XIX sin las resoluciones del Consejo de Estado sobre las expropiaciones del Barón de Haussman? ¿O la institucionalización de la zonificación en los Estados Unidos sin el caso Euclid vs. Ambler? Incluso en México existe la creencia generalizada de que la institucionalización de la planeación urbana tiene que ver con la expedición de una ley, la General de Asentamientos Humanos, en 1976.

Lo interesante es que, en los últimos años, los cambios jurídicos más relevantes en nuestro país no son los que han surgido del ámbito legislativo, sino los que tienen lugar en la esfera judicial. Si por mucho tiempo la innovación jurídica en materia urbanística tuvo lugar a través de la expedición de leyes, recientemente ella ha tenido lugar desde el Poder Judicial. Se trata de un universo mucho más difícil de aprehender que el de la producción legislativa, ya que puede adoptar la forma de decisiones notables en el contexto del litigio constitucional (vía acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales) o mediante juicios de amparo cuyos efectos no van más allá de las partes involucradas, pasando por un gran número de decisiones tomadas en el ámbito de la justicia administrativa, que es muy difícil sistematizar. A pesar de esa dificultad, es posible distinguir dos tipos de decisiones que reconfiguran el estatuto de la propiedad y las potestades del poder público para regular su ejercicio en el contexto de los procesos de urbanización: las que se refieren a principios generales y las que restringen el alcance de instrumentos específicos de las políticas de suelo.

meyer oaxaca

Entre las resoluciones judiciales que abordan principios de carácter general vale la pena evocar dos. Por un lado, están las tesis jurisprudenciales según las cuales la propiedad privada sería un derecho fundamental. Existen argumentos filosóficos, incluso dentro de la tradición liberal, que contradicen dicha postura y que sería largo exponer aquí (véase Ferrajoli, 1999). Lo sorprendente de esas tesis es que ignoran el hecho de que el texto constitucional, de manera expresa, señala que la propiedad privada es un derecho derivado de la propiedad originaria de la Nación sobre “las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional” (primer párrafo del artículo 27 constitucional). Es como si la ola conservadora que ha caracterizado el llamado neoconstitucionalismo en muchas partes del mundo haya sido tan fuerte entre nosotros, que puede pasar por alto el texto mismo de la Constitución. Es difícil predecir los efectos de un pronunciamiento como ese en las políticas de suelo, pero no cabe duda de que, en principio, fortalece los derechos de los propietarios frente al poder público y en esa medida debilita los alcances de dichas políticas.

Un segundo pronunciamiento de carácter general se refiere a los derechos de los miembros de una comunidad para exigir el cumplimiento de las normas aplicables cuando se estén llevando a cabo acciones urbanísticas que afecten su calidad de vida y vayan en contra de lo establecido por los planes o programas de desarrollo urbano aplicables. Esos derechos fueron establecidos por primera vez en las reformas de 1984 a la Ley General de Asentamientos Humanos (artículo 47) y han sido ampliados por sucesivas reformas, sobre todo en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en 1996.

Apareció un mercado de tierra ejidal dominado por desarrolladores inmobiliarios que dio lugar a una gran cantidad de conjuntos habitacionales en las periferias.

En principio, se trata de un avance democrático al consagrar el principio del interés difuso para que las comunidades puedan impugnar ciertos proyectos. Aunque tuvieron que pasar varias décadas antes de que el Poder Judicial de la Federación reconociese tales derechos, desde la primera década de este siglo ese reconocimiento se ha ido ampliando a tal grado que parece ya no depender de que exista un texto legislativo para que los jueces federales ordenen la suspensión de acciones urbanísticas en beneficio de los vecinos afectados por las mismas. La tesis jurisprudencial más notable es la que proclama que existe un “derecho de preservación del entorno residencial” frente a obras y actividades que atenten contra la calidad de dicho entorno.

Aparentemente, el fortalecimiento del poder vecinal afecta solamente a los promotores privados de obras que impactan la calidad de vida de ciertas comunidades urbanas. Sin embargo, las suspensiones otorgadas recientemente en relación con proyectos de infraestructura deberían ser suficientes para advertir que el tema del interés difuso también puede ser utilizado para obstaculizar políticas de suelo tendientes al fomento a la vivienda social a través de la densificación en áreas urbanas consolidadas.

Las dos tesis que hemos evocado hasta aquí constituyen pronunciamientos de carácter general que dan una idea del tipo de valores que han orientado la actividad jurisdiccional frente a los conflictos urbanos en nuestro país en los últimos años. Si algo tienen en común ambas tesis es la tendencia a debilitar la idea del interés público, que es el eje del derecho público en los Estados modernos. Huelga decir que esa idea es fundamental para la viabilidad de una política de suelo que aspire a transformar las relaciones de propiedad predominantes en los procesos de urbanización.

Más allá de esas tesis de alcance general, se ha producido una actividad jurisdiccional sin precedentes en torno a los conflictos que de manera creciente han marcado la gestión urbana y territorial en los últimos años. Dos ejemplos bastan para dar una idea del sentido que ha tomado el activismo judicial de los últimos años. El primero se refiere a las sobretasas del impuesto predial que establecen las leyes hacendarias de los estados para fomentar la utilización de los lotes baldíos. Parte del diagnóstico de los procesos de urbanización en las últimas décadas señala el hecho de que las ciudades crecen mucho más en extensión que en población. Ello significa que existe un número creciente de áreas vacantes cuyos propietarios están esperando la oportunidad para obtener los mayores beneficios, mientras el costo de las infraestructuras aumenta y las áreas urbanas son cada vez menos densas.

A pesar de ello, las sobretasas a los lotes baldíos han sido impugnadas por los propietarios en la vía de amparo, y los jueces federales, de manera sistemática, han declarado inconstitucionales dichas sobretasas. Resulta sorprendente que el argumento para ello sea la idea de que ambos tipos de propietarios (los que tienen un lote baldío y los que lo tienen ocupado) están en una misma “situación objetiva”. Sin embargo, es interesante hacer notar que la jurisprudencia más reciente no desestima del todo las “finalidades extrafiscales” que persiguen dichas sobretasas, sino que declaran que las mismas no están suficientemente justificadas. En otras palabras, lo que hace la o el juzgador federal no es declarar la inconstitucionalidad de dichas sobretasas sin calificación alguna, sino plantear un reto al legislador para formular una motivación suficientemente sólida que justifique las mismas. Esto significa, al mismo tiempo, un reto a la administración pública (en su carácter de diseñador de políticas públicas) para que justifique una política de suelo en su expresión tributaria.

Por último, vale la pena destacar la jurisprudencia que se ha generado respecto de una de las figuras jurídicas centrales de las políticas de suelo en las ciudades mexicanas. Me refiero a la obligación de los fraccionadores de ceder una superficie para equipamientos y áreas verdes. Al menos desde la década de los años cuarenta del siglo pasado se estableció mediante leyes o reglamentos dicha obligación, y todos los fraccionamientos que se desarrollaban dentro de la ley tenían un mínimo de áreas verdes y predios para equipamientos diversos. De manera inesperada, la Procuraduría General de la República, en el gobierno de Felipe Calderón, emprendió una acción de inconstitucionalidad en contra de dicha figura jurídica en el estado de Aguascalientes. Con un argumento de defensa a ultranza de la propiedad privada, intentó convencer a la Suprema Corte de que las cesiones urbanísticas eran equivalentes a una expropiación. La Corte desestimó el argumento y sostuvo que dichas cargas constituyen modalidades a la propiedad y que, por lo tanto, no dan lugar a una indemnización.

Sin embargo, en esa misma decisión, la Corte introdujo un elemento sorprendente, que consiste en afirmar que las cargas son, además, un ingreso para el municipio, ya que las áreas cedidas por los fraccionadores pasan a formar parte del patrimonio del mismo. De ahí en adelante, los tribunales de circuito se han preguntado: ¿qué clase de ingreso municipal es eso? Han respondido que se trata de un “derecho”, en términos de la legislación fiscal. De ahí pasan a ponderar la proporcionalidad del monto de las cargas con lo que, supuestamente, el fraccionador recibe a cambio, es decir, la autorización y su correspondiente costo administrativo, de donde se llega a la absurda conclusión de que la obligación de ceder áreas es inconstitucional, porque no es proporcional con el costo del servicio recibido.

Las anteriores son solo algunas muestras del activismo judicial que, en las últimas décadas, ha apartado al Poder Judicial federal de la tradición del constitucionalismo social mexicano. Cada una de ellas ameritaría un minucioso análisis que es imposible hacer aquí. Lo que me interesa destacar es que constituyen restricciones reales (“objetivas”, habría que decir) a políticas de suelo que tiendan a darle a la propiedad una función social. Es por ello que deberían formar parte del diagnóstico de los problemas asociados con la propiedad del suelo en relación con los procesos de urbanización.

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La distorsión del derecho agrario

Como es sabido, desde mediados del siglo pasado, más de la mitad de la expansión urbana de México se ha dado en tierras propiedad de ejidos y comunidades. Han sido varias las modalidades que ha adoptado ese proceso, pero vale la pena recordar que, hasta la reforma de 1992 que permitió a los núcleos agrarios disponer de sus tierras, estas solo podían ser urbanizadas conforme a la ley mediante la expropiación. Dado el carácter inalienable de los derechos de propiedad de las y los campesinos sobre sus tierras, y la consecuente “inexistencia” de las operaciones que de hecho se celebraban en las periferias urbanas, solo los sectores populares estaban dispuestos a adquirir un lote a través de operaciones informales. Las empresas inmobiliarias del sector formal se abastecían de propiedades individuales fuera del sector agrario. Así, cuando la reforma de 1992 hizo posible la enajenación de tierras ejidales, no se necesitaba tener conocimientos avanzados de economía para predecir que “los sectores populares verían reducidas sus posibilidades de acceso al suelo dado que los propietarios (comenzando por los propios núcleos agrarios) tenderían a desarrollar fraccionamientos para los sectores medios y altos” (Azuela, 1994, p. 35).

Resulta novedosa la incidencia del uso fraudulento de ciertas figuras del derecho agrario que se han generalizado y que deberían ser parte del diagnóstico de la política del suelo urbano.

Aunque no desapareció por completo el mercado informal de tierra ejidal para los sectores populares (Connolly, 2012), sí apareció un mercado de ese tipo de tierra dominado por desarrolladores inmobiliarios, que dio lugar a una gran cantidad de conjuntos habitacionales en las periferias distantes de nuestras ciudades.

Las consecuencias de las anteriores tendencias son bien conocidas. Lo que resulta novedoso es la incidencia del uso fraudulento de ciertas figuras del derecho agrario que se han generalizado recientemente y que deberían ser parte del diagnóstico de la política de suelo urbano en nuestro país. La Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial, recientemente publicada, da a conocer el uso de procedimientos agrarios para incorporar ejidos a la urbanización. Vale la pena citarla in extenso:

Dichos procedimientos son: el reconocimiento como avecindados a personas que nunca han residido en el ejido, la conformación de solares urbanos con dimensiones notoriamente mayores a las que requiere una familia en el medio rural, el cambio de destino de tierras de uso común para formar parcelas (que luego pasarán al pleno dominio de sus titulares) y el cambio de destino a tierras para el asentamiento humano; todos los anteriores, excediendo las necesidades reales de expansión de los núcleos agrarios. Ello resulta particularmente grave cuando ocurre fuera de las áreas de crecimiento de las ciudades o se infringe la prohibición de convertir en parcelas las tierras de uso común que cuentan con superficie forestal (Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano [Sedatu], 2021, p. 66).

Asimismo, recogiendo los resultados de la investigación académica, el mismo documento señala, para ejemplificar el proceso, que

tan solo en un año (2014) sesenta mil hectáreas cambiaron de destino en Campeche, Quintana Roo y Yucatán; es decir, dejaron de ser tierras de uso común como un primer paso para su comercialización (Torres-Mazuera et al., 2020), si bien pasarán muchos años antes de que sean efectivamente utilizadas por usos urbanos.

Se trata de una cantidad verdaderamente exorbitante de tierra rural que ya tiene el dudoso estatuto de “solares urbanos”, lo que crea una sobreoferta de suelo y, en muchos casos, un alza en los precios que redundará en mayores dificultades para que los sectores populares puedan acceder al suelo en las áreas urbanas. Esto significa un reto enorme para la política de suelo, ya que supone modificar radicalmente los procedimientos de las entidades del sector agrario (sobre todo del Registro Agrario Nacional y de la Procuraduría Agraria), para detener ese fraude masivo a la legislación agraria y sus efectos negativos en el mercado del suelo.

Comentarios finales

 En este breve ensayo he señalado dos tipos de prácticas jurídicas que han creado nuevas condiciones en los procesos de incorporación del suelo a los procesos de urbanización. Por un lado, un activismo judicial que tiende a reducir los márgenes de acción del Estado sobre la propiedad privada y, por el otro, una serie de prácticas fraudulentas sobre las tierras ejidales que tienden a restringir el acceso al suelo urbano por parte de los sectores más vulnerables. Aunque los contextos que explican esos dos tipos de prácticas son muy distintos, ambas tienden a debilitar a los órganos del Estado que tienen como misión implementar una política de suelo socialmente incluyente. No es exagerado decir que ambas prácticas tienen como resultado debilitar al interés público, ya sea a nombre de la propiedad privada individual o de la propiedad corporativa de los núcleos agrarios.

Lo anterior debe llevarnos a un replanteamiento de los elementos que es preciso considerar para el diagnóstico que debe sustentar una política de suelo. Normalmente, y esto no es exclusivo de nuestro país, cuando se piensa en los aspectos jurídicos de una política se piensa solamente en las normas que sirven de fundamento a la política o en los procedimientos que sirven de instrumentos de la misma; en otras palabras, la dimensión jurídica suele ser solo parte de la “solución”. Lo que aquí ha quedado en evidencia es que las prácticas jurídicas también son parte del “problema”. Tanto el activismo judicial como las prácticas agrarias fraudulentas contribuyen a crear condiciones objetivas que tienen que ser reconocidas si se aspira a un conocimiento integral del horizonte de problemas que debe atacar una política de suelo. Ambos tipos de prácticas son reconocibles y pueden ser objeto de intervenciones exitosas, siempre que se reconozca que son parte del problema.

Referencias

Azuela, A. (1994). “La reforma del régimen ejidal y el desarrollo urbano”. En Cámara de Diputados, El Artículo 27 y el desarrollo urbano. Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas de la Cámara de Diputados. Pp. 29-39.

Connolly, P. (2012). “La urbanización irregular y el orden urbano en la Zona Metropolitana del Valle de México”. En C. Salazar (coord.), (I)regular. Suelo y mercado en América Latina. El Colegio de México. Pp. 379-425).

Ferrajoli, L. (1999). Derechos y garantías. La ley del más débil. Editorial Trotta.

Olivera, G. (2001). “Trayectoria de las reservas territoriales en México: irregularidad, desarrollo urbano y administración municipal tras la reforma constitucional de 1992”. EURE (Santiago), 27(81), pp. 61-84.

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) (2020). Política Nacional de Suelo. México, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano / Instituto Nacional de Suelo Sustentable.

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) (2021). Acuerdo por el que se expide la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial. Diario Oficial de la Federación, 21 de abril.

Sistema de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) (1983). Relación campo-ciudad: la tierra, recurso estratégico para el desarrollo y la transformación social. Ediciones SIAP. Torres-Mazuera, G. y Godoy Gómez, C. (2020). Expansión capitalista y propiedad social en la Península de Yucatán. Cuaderno de Trabajo LMI número 612020.

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ANTONIO AZUELA DE LA CUEVA

Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana (Ibero), maestro en Derecho por la Universidad de Warwick, Inglaterra, y doctor en Sociología por la UNAM. Se ha dedicado a la investigación académica de cuestiones urbanas y ambientales desde la perspectiva de la sociología del derecho. Asimismo, fungió como procurador federal de Protección al Ambiente entre 1994 y 2000. En los últimos años ha explorado, entre otros temas, los conflictos socioambientales y la expropiación. En 2012 promovió la formación de una red de investigadores sobre “Jueces y ciudades en América Latina”, en el contexto de la Asociación Internacional de Sociología, con el objeto de examinar el significado y los efectos del activismo judicial en el medio urbano en la región. Actualmente es vicepresidente de la Federación Iberoamericana de Urbanistas.

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Arquitecto egresado del ITESM, con estudios de maestría en Gestión Creativa y Transformación de la Ciudad por la Universidad Politécnica de Cataluña, en Barcelona. A lo largo de su trayectoria ha combinado la docencia con la investigación y el servicio público. Actualmente es el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y anteriormente fungió como director de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Salud del gobierno de la CDMX, así como asesor técnico para la Secretaría de Finanzas. Cuenta con proyectos de desarrollo urbano y económico con un enfoque de combate a la desigualdad social. Entre dichos proyectos se encuentra el Centro Cultural El Rosario, en la CDMX, el cual busca la integración social a través de actividades culturales y tecnológicas.

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Arquitecto y maestro en Urbanismo por la UNAM con especialización en Estudios Urbanos en Holanda, y en Desarrollo Rural Integral en Egipto. Profesor-investigador titular en la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco (UAM), miembro fundador del Programa de Investigación en Estudios Metropolitanos y profesor de la Maestría en Urbanismo en la Facultad de Arquitectura de la UNAM. Ha sido profesor en El Colegio de México (Colmex), en numerosas universidades de varios estados de la república, así como en la Universidad de Buenos Aires y en el Massachussets Institute of Technology. Ha laborado en diversas dependencias del sector público. Coordinó la realización de grandes proyectos como el programa general de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y el programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México, además de ser asesor en la elaboración de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Debido a su trayectoria, ha recibido premios como La Gran Orden de Honor Nacional al Mérito Autoral y el Premio Nacional Carlos Lazo. Tiene más de cien publicaciones en medios nacionales e internacionales. Es autor y coautor de varios libros sobre los temas del desarrollo urbano, suelo y vivienda.

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Abogado y doctor en Derecho por la UANL y maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de la Administración Pública en La Sorbonne, París. Ha trabajado como docente en el ITESM, en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública y la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, en donde es profesor fundador. Recibió el premio Instituto Nacional por un artículo en coautoría con Felipe Solís Acero. Ha sido columnista en Grupo Reforma desde 1996 y servidor público local, federal y abogado miembro del Notariado de Nuevo León.

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Arquitecta y doctora en Urbanismo por la Universidad Federal de Río de Janeiro, Brasil. Es profesora-investigadora de diversas asignaturas en programas de pregrado y posgrado en el Instituto de Arquitectura, Diseño y Arte, de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, donde además se desempeña como coordinadora del Programa de Diseño Urbano y del Paisaje. Autora del libro Densificación sustentable y habitable: viabilidad urbana, económica y sociocultural; ha publicado diversos artículos en capítulos de libro y revistas científicas.

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Licenciado en Economía y maestro en Economía Industrial por la UANL; además de haber cursado un máster y doctorado en Economía Aplicada por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB). Tiene una especialidad en Evaluación Social de Proyectos por parte del ITESM y Banobras, y en Asociaciones Público-Privadas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Actualmente realiza un doctorado en Sostenibilidad, en la organización Fondo Verde.

Sus líneas de investigación son: economía urbana, economía del transporte, evaluación de proyectos y economía ambiental. Ha colaborado en más de 50 proyectos e investigaciones aplicadas en los tres órdenes de gobierno, así como en consultoría privada en temas relacionados con el desarrollo urbano, movilidad, evaluación de proyectos de infraestructura vial, salud, dotación de agua potable, gasoductos, protección a centros de población, entre otros.

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Es licenciada en Administración y Finanzas por la Universidad Panamericana, donde fue parte del Consejo Estudiantil de la facultad y colideró la adhesión de la institución a la Red Universitaria de Prevención y Atención a Desastres. Cuenta con estudios sobre Negociación por la London School of Economics y Emprendimiento Internacional por Hogeschool Utrecht (Países Bajos). Actualmente es maestrante en Innovación Social por Learning by Helping y profesora de Financial Analytics en Collective Academy. Antes de dirigir el capítulo mexicano de TECHO se desempeñó como su coordinadora de fomento productivo, directora nacional de finanzas y directora comercial. Asimismo, ha desempeñado varios roles de voluntariado desde 2009 y participa en redes nacionales e internacionales dentro de la sociedad civil.

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Doctora en Sociología y Maestra en Planeación y Políticas Metropolitanas por la UAM-Azcapotzalco. Posdoctorante por el National Centre of Competence in Research North-South (nccr-ns) Suiza EPFL. Es profesora-investigadora C, de tiempo completo en la UAM-Azcapotzalco. Fue subdirectora general de Análisis de Vivienda Prospectiva y Sustentabilidad de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi) de 2018 a 2021. Es investigadora en el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados y directora de Planeación Estratégica del Instituto de Vivienda de la CDMX. Sus áreas de investigación son: producción del hábitat urbano, política habitacional nacional y de la CDMX, renovación urbana, conflicto urbano, planeación urbana y planeación participativa.

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Doctor en Economía y máster en Economía Regional y Urbana por la UAB, y en Economía Aplicada, Administración e Ingeniería Industrial por el ITESM. Sus áreas de especialidad son la prospectiva ambiental y urbana, la educación para la sostenibilidad y la economía ambiental. Ha dirigido el máster en Prospectiva Estratégica en el ITESM, donde trabajó como profesor e investigador en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública. Actualmente es profesor titular en el departamento de Relaciones Internacionales del ITESM. Es miembro del Millenium Project y de la Red Iberoamericana de Prospectiva.

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Ingeniero civil y maestro en Mecánica de Suelos por el Instituto Politécnico Nacional (IPN). Es especialista en el análisis y diseño geotécnico de cimentaciones y pavimentos. Cuenta con una trayectoria profesional de más de 30 años, alternando la práctica profesional con la academia, la investigación, el servicio público y la práctica privada. Actualmente es profesor de las Academias de Geotecnia y Vías Terrestres, así como vocal de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica 2021-2022. Ha ocupado cargos públicos como subdirector de Planeación y Control en el Ayuntamiento de Naucalpan, Estado de México, entre otros.

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Ingeniero mecánico electricista por la Facultad de Ingeniería de la UNAM, con estudios de especialización en México y el extranjero en Protección Civil, Sistemas de Alerta Temprana y Gestión Integral de Riesgos de Desastre. Inició su trayectoria en el Instituto de Ingeniería en la Coordinación de Instrumentación Sísmica. Fue coordinador operativo del Servicio Sismológico Nacional y en el Cenapred ocupó diferentes cargos desde su incorporación en 1989, donde actualmente es el director general. Ha sido asesor y consultor de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (CDMX), de la LXII Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados federal, de la Estrategia Internacional para la Reducción del Riesgo de Desastres de las Naciones Unidas y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe.

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Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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Ingeniero civil y maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la UNAM. Coordina el Grupo de Trabajo redactor de las Normas Mexicanas sobre mampostería en el Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, y es secretario en la Sociedad Mexicana de Ingeniería Sísmica. Se desempeña como jefe de departamento de Ingeniería Sísmica y Mecánica estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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MICHELLE MUNIVE GARCÍA

Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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ANTULIO ZARAGOZA ÁLVAREZ

Geógrafo por la UNAM. Cuenta con diplomados en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia en los Desastres. Labora como jefe de Departamento de Análisis de Fenómenos Geotécnicos, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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JOEL ARAGÓN CÁRDENAS

Maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la Universidad Autónoma de México (UNAM). Formó parte de la Subdirección de Riesgos Estructurales en el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), donde actualmente es subdirector de Vulnerabilidad Estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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LEOBARDO DOMÍNGUEZ MORALES

Ingeniero civil por Benemérita Universidad Autónoma de Puebla con Maestría en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Ingeniería de la UNAM, donde fue profesor investigador. Ha participado en proyectos sobre instrumentación geotécnica, sísmica y puvial en diversas partes del mundo y ha colaborado en misiones de apoyo técnico en América Latina y Asia. Es miembro fundador del Comité de la Estrategia Mexicana para la Mitigación de Riesgos por Inestabilidad de Laderas.

Actualmente es el subdirector de Dinámica de Suelos y Procesos Gravitacionales, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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YOLANDA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

Doctora en Arquitectura por la Universidad de Guanajuato, así como licenciada y maestra en Arquitectura por la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY). A lo largo de su trayectoria se ha desempeñado tanto en el sector privado, el público, como en la docencia, trabajando como profesora e investigadora en la Facultad de Arquitectura de la UADY, y desde el año 2000 en el área de diseño y desarrollo urbano y vivienda. Actualmente es coordinadora de la Maestría en Arquitectura de la FAUADY. Sus áreas de investigación son la expansión urbana, así como los instrumentos normativos.

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MARIO ALFREDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ

Doctor en Humanidades, con especialidad en Filosofía Moral y Política, por la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa (UAM-I). Se desempeña como profesor investigador de la Facultad de Filosofía y Letras, así como coordinador del Posgrado Interinstitucional en Derechos Humanos en la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Es integrante del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. A lo largo de su trayectoria ha sido profesor invitado en numerosas universidades y fungió como asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

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MAIRA GABRIELA JURADO GUTIÉRREZ

Maestra en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana con estudios en Cooperación Internacional para el Desarrollo, y Licenciada en Relaciones Internacionales, también por la Universidad Iberoamericana. Actualmente se desempeña como directora de Operación y Seguimiento a Programas en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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CARINA ARVIZU MACHADO

Maestra en Diseño de Ciudad y Ciencias Sociales por la London School of Economic and Political Sciences y arquitecta por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Actualmente se desempeña como directora de Desarrollo Urbano del Tren Maya en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y fue subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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MALINALLI HERNÁNDEZ-REYES

Estudiante del Doctorado en Estudios Humanísticos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Su investigación se centra en los efectos de las tareas reproductivas en la labor productiva de la mujer en la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM). Es maestra en Ingeniería y Administración de la Construcción por la misma institución y por la Universidad Veracruzana. Realizó una estancia académica en el Grupo de Investigación en Geografía y Género del Departamento de Geografía en la Universidad Autónoma de Barcelona para la revisión metodológica de su investigación doctoral.

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ALEJANDRA PALACIOS M.

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo en Sistemas de Información Geográfica para las Áreas de Vivienda y Urbanismo del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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JOAQUÍN R. GARCÍA V.

Arquitecto por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo para el Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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CARMEN ARMENTA MENCHACA

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Es especialista en Diseño Urbano y Desarrollo Inmobiliario. Ha desarrollado una trayectoria profesional híbrida, alternando su trabajo entre la academia, la investigación tanto científica como aplicada, y la práctica privada de la profesión. Su principal línea de investigación es la vivienda, privilegiando la investigación aplicada para el desarrollo de metodologías y programas, dirigidos a dar solución a la problemática de vivienda en los sectores de población históricamente más vulnerables y vulnerados. Desde el 2014 es líder del Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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ELENA V. V. SOLÍS PÉREZ

Licenciada en Psicología por la Universidad Autónoma Nacional de México (UNAM) y especialista en producción social de vivienda de bajos ingresos. Cuenta con una trayectoria de más de 45 años en la administración pública, la academia y la iniciativa privada. Ha colaborado en organismos de vivienda y de regularización de la tenencia de la tierra en el ámbito federal y de la Ciudad de México. Ha realizado investigaciones en materia de vivienda y política habitacional para el Banco Mundial, Hábitat para la Humanidad América Latina y el Caribe y el Centro Cooperativo Sueco. Colaboró con la Comisión de Vivienda para las reformas a la Ley de Vivienda 2006. De 2007 a la fecha dirige el Centro de Apoyo Mejoremos, una organización distinguida con el Premio Nacional de Vivienda 2014, en la categoría de Producción Social de Vivienda Urbana.

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PEDRO PACHECO SOLANO Y ALICIA SOFÍA LANDÍN QUIRÓS

Estudiantes de noveno semestre de Ingeniería en Desarrollo Sustentable del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2018 han sido asistentes de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM participando en la elaboración de atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano.

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SEBASTIÁN FAJARDO TURNER

Estudiante de décimo semestre de la carrera de Arquitectura del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2020 se desempeña como asistente de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, donde ha participado en la elaboración de planes municipales de desarrollo y un estudio sobre la expansión urbana de Monterrey.

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DIEGO FABIÁN LOZANO GARCÍA

Biólogo egresado de la Facultad de Ciencias de la UNAM. Cuenta con una Maestría en Ciencias y un Doctorado del Departamento Forestal en el área de Análisis Geoespacial, por la Universidad de Purdue, Indiana, en Estados Unidos. Es director y fundador del Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, campus Monterrey. También es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. Tiene una amplia experiencia en el uso de herramientas de percepción remota para análisis de riesgos, calidad ambiental y desarrollo urbano.

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ROBERTO PONCE LÓPEZ

Doctorado en Estudios Urbanos y Planeación por el Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT), en Estados Unidos, y una Maestría en Política Pública por la Universidad Carnegie Mellon (CMU), en Estados Unidos. Actualmente es profesor-investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey. Su investigación es sobre la modelación urbana y el diseño de políticas públicas de transporte y uso de suelo.

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PALOMA SILVA DE ANZORENA

Experta en el diseño de políticas públicas, subsidio y financiamiento a mercados de vivienda y desarrollo urbano sustentable en Latinoamérica y el Caribe. Actualmente labora en el Banco Interamericano de Desarrollo en Washington. A lo largo de su trayectoria profesional se ha desempeñado como ministra de Vivienda en México y directora general adjunta de Sociedad Hipotecaria Federal. Es socia fundadora de IXE Banco y AFORE XX, así como miembro del consejo de administración de diversas instituciones públicas. También se desempeña como catedrática con más de 20 años de experiencia, impartiendo clases a nivel licenciatura y maestría.

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NORMA GABRIELA LÓPEZ CASTAÑEDA

Es abogada por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y Maestra en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana (UP). Desde diciembre de 2018 tiene a su cargo la Dirección de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos en otras instituciones públicas, como el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Asimismo, ha laborado en la industria privada y la academia.

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IRENE ESPINOSA CANTELLANO

Economista y funcionaria pública. Desde enero de 2018 ocupa el cargo de subgobernadora del Banco de México, convirtiéndose en la primera mujer dentro de la Junta de Gobierno que se estableció con la autonomía en 1994, y la primera en ocupar un rol cupular en el banco central mexicano desde su creación en 1925. Cuenta con una trayectoria de más de 25 años de experiencia en el sector financiero y académico. Se ha destacado profesionalmente tanto en la administración pública como en organismos financieros internacionales.

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JOANA CECILIA CHAPA CANTÚ

Doctora en Economía con especialidad en Teoría Económica y Aplicaciones, titulada con honores, por la Universitat de Barcelona (UB). Desde 2003 es profesora de tiempo completo de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), y desde 2016 es directora de su Centro de Investigaciones Económicas. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel II, así como miembro fundador y activo de asociaciones vinculadas al análisis sectorial y de finanzas públicas. Del 2007 a la fecha cuenta con alrededor de 50 publicaciones. Sus principales áreas de interés son los modelos multisectoriales, el crecimiento económico y las finanzas públicas.

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MARÍA EUGENIA HURTADO AZPEITIA

Doctora en Arquitectura y profesora en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) desde 1982. Es jefa del taller de proyectos del grupo de apoyo técnico solidario Espacio Máximo y Costo Mínimo, A.C. desde 1983. Junto con su asociado, Carlos González y Lobo, sus trabajos y proyectos han sido distinguidos con diversos premios, entre los que destacan el premio Vassilis Sgoutas 2011, otorgado por la Unión Internacional de Arquitectos UIA en Tokio, y el premio honorífico Magdalena de Plata, 2013, concedido por la Federación de Arquitectura Social – FAS. Ha impartido cursos y dictado talleres en organizaciones civiles de Chile, Cuba, España, México, República Dominicana y Marruecos. Es miembro de la Asociación Mexicana de Arquitectas y Urbanistas (AMAU) y formó parte de la red XIV-E: Vivienda Rural del CYTED-HABYTED de Cooperación Iberoamericana.