Protecciones inquilinarias y el rol del gobierno en la regulación del mercado de la vivienda en alquiler: ¿qué puede aprender México de la ciudad de Nueva York?

Ninguna política de vivienda gubernamental está completa ni hará su trabajo efectivamente si no considera al mercado de vivienda en alquiler como una realidad, y a las protecciones legales de los inquilinos como una necesidad para poder sustentar ese mercado. Este ensayo analiza los componentes principales de las políticas de regulación de la vivienda en alquiler, así como las leyes de protección inquilinaria en la ciudad de Nueva York para demostrar lo complejo de estas políticas públicas y el rol que tienen los gobiernos en la provisión de vivienda justa, segura y adecuada a través de la ejecución de estrategias que enmarcan a la vivienda en alquiler como una pieza central de la política de vivienda gubernamental. 

De acuerdo con estimaciones del Centro Furman de la Universidad de Nueva York, 66% de las viviendas neoyorquinas son de alquiler (NYU Furman Center, 2022). Esto significa que alrededor de 6 millones de personas en la ciudad de Nueva York habitan una vivienda de alquiler,1 posicionándola como una de las mayores ciudades estadounidenses en donde el número de inquilinos sobrepasa al número de propietarios. 

Sin embargo, en el tema de la vivienda, Nueva York es una ciudad de muchas realidades. Por un lado, tiene los alquileres de vivienda más elevados de todo Estados Unidos (Paris et al., 2022); de hecho, los alquileres al 2023 han alcanzado niveles mayores a aquellos existentes antes de la pandemia por la COVID-19 (The Office of the NYC Comptroller, 2023). La Encuesta de Vivienda y Vacancia de la ciudad de Nueva York de 20212 refleja que el alquiler medio mensual era de 2 750 USD en el 2021. Esto significa que, para que un hogar pueda pagar el alquiler sin que sea una carga a su ingreso económico (es decir, que el alquiler no represente más de 30% de su ingreso), debe tener una entrada anual mínima de 110 000 USD, una cantidad sumamente alta considerando que el ingreso medio anual de los hogares inquilinos en la ciudad de Nueva York en el 2021 fue de 50 000 USD (NYC HPD, 2022).3 

Por otro lado, el limitado número de viviendas disponibles para renta es, al mismo tiempo, una causa y un factor que exacerba los elevados niveles de alquiler. En 2021, únicamente 4.54% del mercado de viviendas en alquiler se encontraba disponible para su renta inmediata (NYC HPD, 2022). Además, dichas viviendas no necesariamente servían a aquellas familias con los menores ingresos. Por ejemplo, solo 0.86% de las viviendas con alquileres de entre 0 y 899 USD al mes se encontraban disponibles inmediatamente, lo que significa que familias de muy bajos ingresos tienen un mercado disponible sumamente limitado (Brand, 2022).

Los neoyorquinos identifican a la crisis de la vivienda como una de las mayores prioridades a atender, como lo muestra una reciente encuesta: 66% dijo que solucionar la crisis de vivienda que enfrenta la ciudad es muy importante; 61% añadió que los legisladores deberían priorizar la creación de vivienda de alquiler permanentemente asequible (Data For Progress & Jacobs, 2023). 

En este contexto, no sorprende que Nueva York tenga un marco legal que regule cada aspecto de la vivienda en alquiler y que brinde importantes protecciones legales a sus inquilinos. Este marco legal requiere tanto de sistemas como de mecanismos complejos que permitan atacar el tema de la regulación desde diferentes perspectivas. Por ejemplo, cómo definir el concepto de vivienda en alquiler, qué protecciones inquilinarias legalizar, cómo socializar la política, cómo construir más vivienda en renta asequible, y cómo hacer valer la ley ante sus violaciones.

El mercado regulado y estabilizado

El aspecto fundamental de la política de vivienda en alquiler en Nueva York es que el gobierno tiene la facultad para regular este mercado al designar diferentes tipologías de vivienda en alquiler, así como definir diversos mecanismos para su fondeo, subsidio y construcción.

Al centro de esta política de regulación se encuentran las viviendas de alquiler estabilizado, una tipología específica de vivienda que en Nueva York representa 44% de todas las viviendas en alquiler (NYC HPD, 2022). En esencia, los propietarios de este tipo de viviendas no pueden incrementar la renta al momento de la renovación del contrato en cantidades mayores a las que establece el Consejo para los Lineamientos del Alquiler.4 Por ejemplo, para 2023,5 el Consejo determinó que los propietarios de este tipo de viviendas no pueden aumentar precios por más de 3% si el inquilino firma un contrato por un año; o más de 2.75% y 3.20% para el primer y segundo año respectivamente, en un contrato de dos años. Esto significa que un inquilino de estas viviendas, cuya renta mensual es de 1 000 USD al mes, tendrá dos opciones: podrá firmar un contrato para extender su tenencia por un año, y el incremento en su alquiler será solo de 30 USD; o podrá firmar un contrato de dos años, y el incremento en el alquiler de su primer año será de 27.50 USD, mientras que en el segundo año tendrá un incremento de 32 USD. 

Además de las viviendas de alquiler estabilizado, en la ciudad de Nueva York existen otras tipologías de vivienda en alquiler que demuestran cómo el gobierno influye, regula y diversifica el mercado de vivienda de acuerdo a las diferentes necesidades económicas de la ciudad. Por ejemplo, existe la vivienda pública, regulada por el gobierno federal en coordinación con el gobierno local a través de la Autoridad de Vivienda de la Ciudad de Nueva York6 (el órgano con mayor equivalencia al Infonavit mexicano). Esta vivienda de alquiler y de alta densidad sirve a familias de muy bajos recursos. A través de un proceso de selección tipo lotería, las familias acceden a vivienda pública que solo les requiere el pago de un alquiler con tope a 30% del ingreso del hogar (y que se ajusta conforme cambia ese ingreso), mientras que el resto es subsidiado por el gobierno. 

Otro ejemplo de regulación es la vivienda de alquiler controlado,7 la cual es una regulación contenciosa y a la que se hace referencia frecuentemente en el discurso contra la regulación del mercado de vivienda. En Nueva York, los apartamentos de alquiler controlado tienen incrementos en la renta solo cada dos años con base en porcentajes que fija el gobierno y que son más bajos que los de viviendas de alquiler estabilizado. Para que un apartamento sea parte de este sistema, la tenencia no puede cambiar. Es decir, una vez que el inquilino deja su tenencia y no le sucede un familiar cercano, el apartamento pierde su carácter de alquiler controlado. 

El poder inquilinario

Las regulaciones al mercado de vivienda mencionadas anteriormente se han logrado gracias a movimientos sociales y de inquilinos que han luchado por décadas por ciudades más justas. En particular, el Acta para la Estabilidad de la Vivienda y la Protección Inquilinaria del 2019, que es la ley que enmarca la existencia de las viviendas de alquiler estabilizado y que hace permanente la política de regulación de alquileres en el estado de Nueva York. Esta lucha fue liderada por Housing Justice for All, una organización estatal de varias decenas de grupos que representan a inquilinos y neoyorquinos sin hogar (Housing Justice for All, s. f.).

Por ello no sorprende que esta política de regulación venga complementada con un paquete de protecciones legales que buscan nivelar la balanza de poder entre propietarios e inquilinos al otorgar a los segundos certeza en su tenencia y asequibilidad permanente. Por ejemplo, los inquilinos de alquiler estabilizado tienen derecho a una renovación de contrato indefinidamente, un aspecto fundamental para la generación de riqueza intergeneracional de las familias neoyorquinas. A diferencia de aquellos que viven en viviendas de alquiler de mercado,8 un propietario no puede negarle la renovación de contrato a un inquilino;9 debe asegurarse de que el contrato cubra las mismas cláusulas que el original; y debe entregarlo al inquilino entre 60 y 150 días antes de que expire el contrato actual (NYS DHCR, 2020). 

Las leyes de protección inquilinaria son tan poderosas que también protegen a las personas que habitan en viviendas de alquiler de mercado. Por mencionar algunas, los propietarios tienen prohibido cobrar más de un mes de alquiler como depósito para la vivienda; asimismo, es ilegal devolver el depósito al inquilino después de 14 días de que termine el contrato. Además, para cualquier incremento en el alquiler al renovar el contrato, el propietario debe dar 30, 60 y 90 días de aviso si el inquilino ha vivido en la propiedad por un año, menos de dos años y más de dos años, respectivamente. También, los desalojos ilegales están tipificados como un delito que conlleva multas de entre 1 000 y 10 000 USD por violación, de acuerdo al Código Civil de la ciudad (NYC Mayor’s Office to Protect Tenants, 2019).

Socialización de la política pública

No es de extrañar que ante esta política de regulación y de la cascada de protecciones inquilinarias que trae consigo, los grupos inmobiliarios y de propietarios sientan que el gobierno los obliga a la desventaja y violenta sus derechos de propiedad privada. Desgraciadamente, algunos propietarios ven en las viviendas de alquiler estabilizado un mercado en potencia que es incentivo suficiente para violar la ley, desalojando y acosando a sus inquilinos.

Ningún componente del marco de regulación de vivienda y protección inquilinaria es relevante si sus inquilinos no la conocen, y si el gobierno no ejecuta la ley. En este sentido, el diseño de políticas de regulación del mercado de vivienda debe considerar tanto el rol como la responsabilidad que tiene el gobierno de, en primer lugar, asegurar que los inquilinos conozcan sus derechos, así como los mecanismos disponibles para ejercerlos; y en segundo, el de implementar estrategias políticas y legales para identificar y enjuiciar a aquellos que violen este marco legal. 

Una de estas estrategias fue la creación de la Oficina del Alcalde de la Ciudad de Nueva York para la Protección a los Inquilinos,10 que es un cuerpo regulador de las diferentes agencias de la ciudad para el eficaz cumplimiento de las leyes de protección inquilinaria (The City of New York Office of the Mayor, 2019). Su creación demuestra el rol central que tuvieron las protecciones inquilinarias en la política social de la administración del alcalde De Blasio.11

Uno de los mandatos que tiene esta oficina es socializar la política de protección inquilinaria, es decir, educar en gran escala a los neoyorquinos que son sujetos de esta ley. Por ejemplo, cuando se promulgó el Acta para la Estabilidad de la Vivienda y la Protección Inquilinaria del 2019, la oficina implementó una campaña de educación pública en las estaciones del metro de Nueva York, en paradas de autobuses, en pequeños negocios, en las terminales del ferri y en varios recursos en línea. Esta campaña educacional resumía los principales puntos de la política y las acciones que ahora serían ilegales por parte de los propietarios —es decir, provee la información esencial que necesitan los inquilinos de Nueva York para hacer valer sus derechos—.

Otra estrategia son los programas enfocados en la prevención de desalojos de vivienda. Actualmente existen alrededor de 70 000 casos de desalojo en la Corte de Vivienda de Nueva York, de los cuales aproximadamente 13 000 han resultado en desalojos ordenados por la Corte (NYC Right to Counsel Coalition, 2023).12 Para prevenir el desalojo de vivienda en alquiler, la ciudad de Nueva York diseñó e implementó el programa de Derecho al Consejo13 en 2017. Este programa provee de representación legal gratuita a todos los inquilinos que enfrentan un caso de desalojo de vivienda en la Corte, sin importar su estatus migratorio, su ingreso o en dónde viven en la ciudad.

Aunque el programa no tiene la capacidad suficiente para representar a todos los inquilinos que se encuentran en la Corte de Vivienda al unísono (alrededor de 63% de los inquilinos que son llamados a la Corte de Vivienda por casos de desalojo son representados por el gobierno a través del programa de Derecho al Consejo), el programa es sumamente exitoso para quienes ayuda: 78% de los hogares que son representados en la Corte ganan sus casos y pueden permanecer en sus viviendas, evitando completamente el desalojo legal (HRA Office of Civil Justice, 2022).14 

El programa de Derecho al Consejo evidencia dos crudas realidades: por un lado, el desequilibrio de poder que existe entre propietarios e inquilinos al presentarse casos en la Corte que son tan frágiles y frívolos que la simple representación legal permite a los inquilinos quedarse en sus hogares;15 por otro lado, la importancia de que el gobierno diseñe y financie completamente programas complementarios a la política de regulación de alquileres que prevean consecuencias no deseadas o actos fuera de la ley.

Además de estos programas de soporte y socialización, el gobierno de la ciudad protege de manera proactiva a los inquilinos usando sus propios recursos legales. Por ejemplo, a través del programa del Certificado de No Acoso,16 el Departamento de Preservación y Desarrollo de la Vivienda y su Grupo de Trabajo para la Prevención del Acoso Inquilinario17 identifican y agregan a una lista de seguimiento18 a edificios de alquiler de seis o más viviendas que cuenten con graves violaciones al Código de Mantenimiento de la Vivienda. Si el propietario de uno de estos edificios registra un permiso de construcción para la renovación del edificio, antes de otorgar el permiso el Departamento de Vivienda investiga las condiciones en el edificio y entrevista a los actuales y previos inquilinos para conocer si han sido víctimas de acoso.19 Si este es el caso, el Departamento de Vivienda tiene la facultad de utilizar a sus propios abogados para llevar al propietario a la Corte por violar los derechos de no acoso a los inquilinos (NYC Council, 2017).

El caso del 1214 Dean Street en Brooklyn

El acoso inquilinario y las violaciones a la ley de protección inquilinaria se encuentran siempre presentes en Nueva York. Por ello, la Oficina para la Protección a los Inquilinos tiene el poder para coordinar todos los esfuerzos gubernamentales y llevar a la corte criminal a propietarios que violentan estos derechos.

El caso del número 1214 de la calle Dean, en Brooklyn, es emblemático de estos problemas y del poder que tiene el gobierno para hacer valer la ley: el 7 de julio de 2020, durante la pandemia por la COVID-19, el propietario de esta vivienda intentó desalojar forzosa e ilegalmente a cuatro inquilinos que habían vivido por varios meses en la vivienda (Read, 2020). Esto representaba una afrenta no solo a las diferentes moratorias de desalojos de vivienda que el estado de Nueva York había impuesto durante la pandemia, sino también a la Ley de Desalojos Ilegales de Nueva York.20 Por ello, la Oficina de Protección a los Inquilinos se embarcó en una investigación de dos años en la que se ejecutaron diversas órdenes legales en contra de los propietarios. 

En primer lugar, a través del Departamento de la Ley, la Oficina de Protección a los Inquilinos demandó a los propietarios del 1214 de la calle Dean bajo la Ley de Desalojos Ilegales, siendo esta la primera vez que se usaba este recurso legal en la ciudad de Nueva York (NYC MOPT, 2020). Debido a que los propietarios también manejaban un portafolio ilegal de viviendas en Airbnb,21 esta misma oficina se coordinó con la del alcalde para la aplicación especial de la ley que regula Airbnb, y quien demandó a los mismos propietarios por el manejo de nueve propiedades que no se podían usar como propiedades de alquiler de corto plazo debido a que los propietarios no vivían en ellas (NYC OSE, 2020). Finalmente, la fiscal general de Nueva York comenzó a investigar a los propietarios por fraudes a las leyes de financiamiento de vivienda, y amenazó con ejecutar acciones penales si los propietarios no restituían a los inquilinos y a la ciudad. 

Gracias a estos esfuerzos coordinados, los propietarios aceptaron un acuerdo con la fiscal general y la Alcaldía de Nueva York bajo el cual 1) transfirieron la propiedad de la calle Dean al Departamento de Vivienda para la construcción de vivienda asequible, 2) pagaron una multa de 250 000 USD al gobierno, 3) firmaron un mandato bajo el cual reconocen sus actividades ilegales bajo las leyes de rentas de corto plazo, 4) y firmaron un mandato con el fiscal general de que cualquier violación a este acuerdo resultaría en persecución civil (NYC Office of the Mayor, 2022). Además, este acuerdo sirvió como palanca para que los inquilinos negociaran restituciones por parte de los propietarios ante la Corte de Vivienda. 

El caso del 1214 de la calle Dean es un buen caso de estudio que expone lo complejo que son los sistemas de regulación de la renta y protección inquilinaria, tanto a nivel de la ley como a nivel práctico, y demuestra el valor que tienen los esfuerzos coordinados y gubernamentales para proteger los derechos inquilinarios y nivelar la balanza de poder. 

Producción de vivienda asequible como mecanismo para fomentar la asequibilidad 

Una política de regulación de alquileres debe complementarse con programas públicos que establezcan la construcción de vivienda asequible y de alquiler estabilizado como mandato local o como incentivo fiscal en el desarrollo de vivienda nueva. Esto implica cambiar el paradigma fundamental de políticas de vivienda nacionales que se enfocan únicamente en la producción de vivienda para venta a propietarios. 

En Nueva York, estos programas de construcción de vivienda de alquiler estabilizado ayudan a sostener la asequibilidad de la ciudad y expanden el número de inquilinos que son sujetos a protecciones. Por ejemplo, como mandato local existe el programa de Vivienda Inclusiva Obligatoria,22 que tiene como objetivo generar barrios más diversos económicamente, asegurando a su vez su asequibilidad futura. Este programa dicta que en ciertas zonas de la ciudad que requieren una rezonificación para el desarrollo de vivienda, los constructores deberán proveer cierto porcentaje de las viviendas a desarrollar para cierto tipo de estrato económico. Estos estratos económicos generalmente sirven a las familias que tienen ingresos muy por debajo de la media. Un caso emblemático de este programa es el desarrollo MLK Mott Haven en el Bronx. Este desarrollo de 166 unidades asequibles destinó 33 de sus unidades a renteros que previamente se encontraban en situación de calle. El resto de las unidades se alquiló a familias de tres integrantes que tenían ingresos de entre 21 930 a 75 000 USD al año (Rocchio, 2019). 

Conclusiones: la vivienda en alquiler es fundamental para una política integral de vivienda

Sorprende que un marco tan estricto para la regulación del mercado de vivienda pueda existir en una de las ciudades más capitalistas del mundo. Sin embargo, si consideramos que este marco regulatorio impacta al 66% de sus viviendas, es fácil entender que regular es una necesidad que el gobierno tiene para mantener la asequibilidad de la ciudad. Y en el diseño de estas políticas regulatorias, es importante que los gobiernos tomen una posición, que en el caso de Nueva York es clara, dado lo poderosas que son las protecciones que sus inquilinos reciben. 

Los gobiernos de naciones emergentes enfocados en la mejora de sus políticas urbanas, de suelo y de vivienda, deben prestar especial atención al tema de la vivienda en alquiler. Ya sea por fabricación artificial del mercado, por desarrollo histórico-cultural o por las mismas políticas existentes de planeación y vivienda, los mercados de vivienda en alquiler existen y juegan un papel importante no solo en el desarrollo sociocultural de las ciudades, sino en el rol que los gobiernos tienen, como el mexicano, de proveer a sus ciudadanos del derecho fundamental y constitucional a la vivienda. De ahí que el acceso justo, seguro y adecuado a una vivienda en renta sea vital para el desarrollo de nuestras sociedades. 

El caso de Nueva York nos deja en claro lo complejo que estos marcos regulatorios deben ser, y nos demuestra que estas regulaciones no pueden ser únicamente un punto más dentro de planes estratégicos inalcanzables. La vivienda en alquiler debe ser un punto central de las políticas nacionales de vivienda, y debe abordarse como tal en la práctica.

Por último, es importante no olvidar que las políticas de regulación del mercado de vivienda son políticas sociales que no deben responder a las necesidades del mercado, sino a las necesidades de la población. No se deben desestimar ni demeritar los alcances de este tipo de políticas únicamente porque el mercado no lo sostiene o porque solo beneficia a un porcentaje pequeño de la población. El objetivo de estas políticas no es su rentabilidad ni su valor político, sino la simple responsabilidad que los gobiernos tienen de asegurarse de que todos puedan alcanzar el derecho a la vivienda. 

Notas

1. En perspectiva, comprar una vivienda en la ciudad de Nueva York para uso personal es inasequible para gran parte de sus habitantes. Los altos precios de vivienda, las altas tasas de interés para hipotecas y la falta de vivienda (asequible) disponible para compra, son algunas de las razones que dificultan el acceso a la compra de vivienda (Zaveri, 2022). 

2. La NYC Housing and Vacancy Survey 2021 (NYCHVS por sus siglas en inglés) es una encuesta periódica y de muestra que el US Census y el NYC Department of Housing Preservation and Development coordinan cada tres años. 

3. El ingreso medio de los hogares en la ciudad de Nueva York en el 2021 fue de 72 920 USD (Statista, 2023). 

4. El Rent Guidelines Board (RGB por sus siglas en inglés) es el órgano que define los incrementos en las rentas de las viviendas de alquiler estabilizado en Nueva York; está compuesto por nueve miembros que el alcalde en turno designa. Dos representan intereses de los inquilinos; dos representan intereses de los propietarios; y cinco representan intereses del público en general. 

5. Para contratos firmados después de octubre de 2023. 

6. New York City Housing Authority. 

7. El número de viviendas de alquiler controlado se encuentra siempre a la baja, ya que no existen provisiones en las leyes actuales que permitan incrementar su número. 

8. Es decir, el otro universo de viviendas en Nueva York cuyos alquileres no son regulados y cuyo alquiler el propietario fija con base en su conveniencia (y a lo que “establezca el mercado”). 

9. Únicamente existen tres excepciones de ley bajo las cuales el propietario puede negar el contrato de renovación: 1) que el propietario necesite la vivienda para su uso propio o el de algún familiar; 2) que el inquilino no use la vivienda como su vivienda principal; o 3) que el propietario decida remover la propiedad del mercado para demolición u otros usos permitidos por la ley. 

10. New York City Mayor’s Office to Protect Tenants (MOPT por sus siglas en inglés). El autor lideró esta oficina durante los años de la pandemia por la COVID-19. 

11. Warren Wilhelm de Blasio (Bill de Blasio), 109 alcalde de la ciudad de Nueva York, gobernó de 2014 a 2022. 

12. El tema de los desalojos (legales e ilegales) es uno de los varios componentes de una política de vivienda en alquiler que debe estudiarse a profundidad. El desalojo es un contrapeso y cauce legal disponible a los propietarios, útil de manera significativa dentro de marcos de regulación de alquiler estrictos como el de Nueva York. Las condiciones bajo las cuales los propietarios pueden desalojar, los recursos que los inquilinos tienen para luchar contra el desalojo y las herramientas que el gobierno tiene para identificar a los propietarios que violan la ley, son algunos de los componentes a analizar de este fenómeno sociourbano. 

13. Conocido también como Universal Access (UA), o Right to Counsel (RTC por sus siglas en inglés). 

14. 84% al momento de la campaña de educación pública. 

15. Es importante notar que en el año 2013, únicamente 1% de los inquilinos enfrentando casos de desalojo en la Corte de Vivienda de Nueva York tenía representación legal, comparado con 95% de los propietarios que tenían representación legal (ACLU y NCCRC, 2022). 

16. Certificate of No Harassment. 

17. Tenant Harassment Prevention Task Force. 

18. Existen muchos otros criterios bajo los cuales un edificio puede ser incluido en esta lista de seguimiento además del mencionado: por ejemplo, todos los edificios de alquiler de más de seis viviendas localizados en ciertos distritos especiales definidos por la Resolución de Zonificación de la Ciudad de Nueva York. La ley considera otros casos varios y complejos. 

19. En Nueva York, algunos propietarios de edificios en malas condiciones intentan desalojar ilegalmente a inquilinos de renta estabilizada para posteriormente renovar y alquilar los apartamentos a un mercado más afluente. 

20. Dentro del Código Civil de Nueva York, el desalojo ilegal está penado bajo la Ley de Desalojos Ilegales (desde el punto de vista administrativo, con penas de entre 1 000 y 10 000 USD por violación, más penas adicionales por la falta de restitución). 

21. En la ciudad de Nueva York, las viviendas de alquiler de corto plazo (por ejemplo, Airbnb) están seriamente reguladas. Este es en sí mismo un tema de extenso estudio que requiere su propio abordaje. 

22. Mandatory Inclusionary Housing (MHI por sus siglas en inglés).  

Referencias

 

ACLU y NCCRC (2022, febrero 25). No Eviction Without Representation. American Civil Liberties Union. https://www. aclu.org/sites/default/files/field_document/no_eviction_without_representation_research_brief_0.pdf 

Brand, D. (2022, mayo 17). NYC’s Latest Vacancy Survey is Bad News for Affordable Apartment-Seekers. City Limits. https://citylimits.org/2022/05/17/nycs-latest-vacancy-survey-is-bad-news-for-affordable-apartment-seekers/ 

The City of New York Office of the Mayor (2019, enero 10). EXECUTIVE ORDER No. 39 January 10, 2019 ESTABLISHING THE MAYOR’S OFFICE TO PROTECT TENANTS WHEREAS, tenants have rights to quali. NYC.gov. https://www.nyc. gov/assets/home/downloads/pdf/executive-orders/2019/eo-39.pdf 

Data For Progress y Jacobs, S. (2023, septiembre 5). NYC Voters Overwhelmingly Want the City to Create More Affordable Housing and Prefer a Not-For-Profit, Public Approach. Data For Progress. https://www.dataforprogress.org/blog/2023/9/4/ nyc-voters-overwhelmingly-want-the-city-to-create-more-affordable-housing-and-prefer-a-not-for-profit-public-approach 

Foster, D. (2016). New York Apartments VI [A photo of NYCHA projects in NYC]. https://www.flickr.com/photos/ danielfoster/27448557146/ 

Housing Justice for All (s.f.). Who We Are. Housing Justice for All. https://housingjusticeforall.org/who-we-are/ 

HRA Office of Civil Justice (2022). Universal Access to Legal Services: A Report on Year Five of Implementation in New York City. NYC.gov. https://www.nyc.gov/assets/hra/downloads/pdf/services/civiljustice/OCJ_UA_Annual_Report_2022.pdf 

NYC Council (2017, noviembre 30). Local Law 1 of 2018. NYC.gov. https://www.nyc.gov/assets/hpd/downloads/pdfs/ services/local-law-1-2018.pdf 

NYC HPD (2022, mayo 16). 2021 New York City Housing and Vacancy Survey Selected Initial Findings May 16, 2022. NYC.gov. https://www.nyc.gov/assets/hpd/downloads/pdfs/services/2021-nychvs-selected-initial-findings.pdf 

NYC Mayor’s Office to Protect Tenants (2019). New Protections for All Tenants – Mayor’s Office to Protect Tenants. NYC. gov. https://www.nyc.gov/content/tenantprotection/pages/new-protections-for-all-tenants 

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Debido a su trayectoria, ha recibido premios como La Gran Orden de Honor Nacional al Mérito Autoral y el Premio Nacional Carlos Lazo. Tiene más de cien publicaciones en medios nacionales e internacionales. Es autor y coautor de varios libros sobre los temas del desarrollo urbano, suelo y vivienda.

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Abogado y doctor en Derecho por la UANL y maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de la Administración Pública en La Sorbonne, París. Ha trabajado como docente en el ITESM, en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública y la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, en donde es profesor fundador. Recibió el premio Instituto Nacional por un artículo en coautoría con Felipe Solís Acero. Ha sido columnista en Grupo Reforma desde 1996 y servidor público local, federal y abogado miembro del Notariado de Nuevo León.

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Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana (Ibero), maestro en Derecho por la Universidad de Warwick, Inglaterra, y doctor en Sociología por la UNAM. Se ha dedicado a la investigación académica de cuestiones urbanas y ambientales desde la perspectiva de la sociología del derecho. Asimismo, fungió como procurador federal de Protección al Ambiente entre 1994 y 2000. En los últimos años ha explorado, entre otros temas, los conflictos socioambientales y la expropiación. En 2012 promovió la formación de una red de investigadores sobre “Jueces y ciudades en América Latina”, en el contexto de la Asociación Internacional de Sociología, con el objeto de examinar el significado y los efectos del activismo judicial en el medio urbano en la región. Actualmente es vicepresidente de la Federación Iberoamericana de Urbanistas.

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Arquitecta y doctora en Urbanismo por la Universidad Federal de Río de Janeiro, Brasil. Es profesora-investigadora de diversas asignaturas en programas de pregrado y posgrado en el Instituto de Arquitectura, Diseño y Arte, de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, donde además se desempeña como coordinadora del Programa de Diseño Urbano y del Paisaje. Autora del libro Densificación sustentable y habitable: viabilidad urbana, económica y sociocultural; ha publicado diversos artículos en capítulos de libro y revistas científicas.

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Ingeniero civil y doctor en Urbanismo por la UNAM. Actualmente se desempeña como profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAM y consultor independiente en temas de planeación, financiamiento y monitoreo. Ha sido funcionario público en Banobras y en la Conavi. Es miembro del Colegio de Ingenieros Civiles de México.

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JOSÉ RAYMUNDO GALÁN GONZÁLEZ

Licenciado en Economía y maestro en Economía Industrial por la UANL; además de haber cursado un máster y doctorado en Economía Aplicada por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB). Tiene una especialidad en Evaluación Social de Proyectos por parte del ITESM y Banobras, y en Asociaciones Público-Privadas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Actualmente realiza un doctorado en Sostenibilidad, en la organización Fondo Verde.

Sus líneas de investigación son: economía urbana, economía del transporte, evaluación de proyectos y economía ambiental. Ha colaborado en más de 50 proyectos e investigaciones aplicadas en los tres órdenes de gobierno, así como en consultoría privada en temas relacionados con el desarrollo urbano, movilidad, evaluación de proyectos de infraestructura vial, salud, dotación de agua potable, gasoductos, protección a centros de población, entre otros.

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ALEJANDRO CEPEDA GARCÍA

Licenciado en Economía por la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL). Fue miembro voluntario del Service Civil International realizando actividades en Sipplingen, Alemania. Cuenta con un diploma en Derechos Humanos por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, en su Capítulo con el ITESM. A la fecha ocupa la dirección de Equipos en TECHO Nuevo León.

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EMILIA GARCÍA-ARTEAGA MOLINAR

Es licenciada en Administración y Finanzas por la Universidad Panamericana, donde fue parte del Consejo Estudiantil de la facultad y colideró la adhesión de la institución a la Red Universitaria de Prevención y Atención a Desastres. Cuenta con estudios sobre Negociación por la London School of Economics y Emprendimiento Internacional por Hogeschool Utrecht (Países Bajos). Actualmente es maestrante en Innovación Social por Learning by Helping y profesora de Financial Analytics en Collective Academy. Antes de dirigir el capítulo mexicano de TECHO se desempeñó como su coordinadora de fomento productivo, directora nacional de finanzas y directora comercial. Asimismo, ha desempeñado varios roles de voluntariado desde 2009 y participa en redes nacionales e internacionales dentro de la sociedad civil.

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CAROLINA VILLARREAL LEOS

Arquitecta por la UANL, con estudios en la Universidad de Málaga, en España. Forma parte del colectivo ciudadano La Banqueta Se Respeta y es coordinadora de Diseño y Análisis Urbano de la iniciativa DistritoTec. Se ha desempeñado principalmente en el desarrollo de proyectos de intervención en el espacio público, con un amplio enfoque en paisaje y accesibilidad.

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SHEILA FERNIZA QUIROZ

Arquitecta por el ITESM con estudios en Barcelona. Actualmente cursa la Maestría en Asuntos Urbanos en la UANL, investigando temas de vivienda, planeación urbana, movilidad y género. Desde el 2013 trabaja en proyectos urbanos de movilidad y espacio público dentro de la iniciativa de regeneración urbana DistritoTec.

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IBAN TRAPAGA IGLESIAS

Maestro en Antropología Social por el CIESAS, D.E.A. en Migraciones y Conflictos por la Universidad de Deusto y doctor en Ciencias Antropológicas por la UAM. Actualmente se desempeña como profesor asociado del Departamento de Antropología de la UAM y cursa un doctorado en Historia. Cuenta con varias publicaciones en revistas de prestigio internacional sobre ciudad, migraciones internacionales, fronteras y violencias.

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DIEGO CASTAÑEDA GARZA

Economista por la University of London y maestro en Ciencias en Historia Económica por la Universidad de Lund. Actualmente es el director del clúster de economía, finanzas y desarrollo internacional en Agenda for International Development, así como profesor de Economía y Desarrollo Sustentable en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM). Sus intereses de investigación incluyen el crecimiento económico de largo plazo, la evolución de la desigualdad y la historia de las transiciones energéticas. Es autor del libro de reciente publicación: Pandenomics: una introducción a la historia económica de las grandes pandemias (Malpaís/UNAM).

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JOSÉ ALFONSO IRACHETA CARROLL

Arquitecto egresado del ITESM, con estudios de maestría en Gestión Creativa y Transformación de la Ciudad por la Universidad Politécnica de Cataluña, en Barcelona. A lo largo de su trayectoria ha combinado la docencia con la investigación y el servicio público. Actualmente es el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y anteriormente fungió como director de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Salud del gobierno de la CDMX, así como asesor técnico para la Secretaría de Finanzas. Cuenta con proyectos de desarrollo urbano y económico con un enfoque de combate a la desigualdad social. Entre dichos proyectos se encuentra el Centro Cultural El Rosario, en la CDMX, el cual busca la integración social a través de actividades culturales y tecnológicas.

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CARLOS OCHOA FERNÁNDEZ

Arquitecto por la Universidad de Guadalajara, con experiencia profesional de 35 años en áreas de planeación urbana y regional, suelo urbano y vivienda. Ha dirigido, durante 20 años, el proyecto “El Porvenir”, el cual ha permitido el acceso a suelo urbano en condiciones de legalidad a casi 9 000 familias de bajos ingresos y ha recibido diversos reconocimientos, tanto nacionales como internacionales, entre los que se cuenta el Good Practice, Concurso de Buenas Prácticas para la Mejora de las Condiciones de Vida (ONU) 2004.

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ANAVEL MONTERRUBIO REDONDA

Doctora en Sociología y Maestra en Planeación y Políticas Metropolitanas por la UAM-Azcapotzalco. Posdoctorante por el National Centre of Competence in Research North-South (nccr-ns) Suiza EPFL. Es profesora-investigadora C, de tiempo completo en la UAM-Azcapotzalco. Fue subdirectora general de Análisis de Vivienda Prospectiva y Sustentabilidad de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi) de 2018 a 2021. Es investigadora en el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados y directora de Planeación Estratégica del Instituto de Vivienda de la CDMX. Sus áreas de investigación son: producción del hábitat urbano, política habitacional nacional y de la CDMX, renovación urbana, conflicto urbano, planeación urbana y planeación participativa.

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GUILLERMO GÁNDARA FIERRO

Doctor en Economía y máster en Economía Regional y Urbana por la UAB, y en Economía Aplicada, Administración e Ingeniería Industrial por el ITESM. Sus áreas de especialidad son la prospectiva ambiental y urbana, la educación para la sostenibilidad y la economía ambiental. Ha dirigido el máster en Prospectiva Estratégica en el ITESM, donde trabajó como profesor e investigador en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública. Actualmente es profesor titular en el departamento de Relaciones Internacionales del ITESM. Es miembro del Millenium Project y de la Red Iberoamericana de Prospectiva.

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MIGUEL CASTILLO CRUZ

Ingeniero civil y maestro en Mecánica de Suelos por el Instituto Politécnico Nacional (IPN). Es especialista en el análisis y diseño geotécnico de cimentaciones y pavimentos. Cuenta con una trayectoria profesional de más de 30 años, alternando la práctica profesional con la academia, la investigación, el servicio público y la práctica privada. Actualmente es profesor de las Academias de Geotecnia y Vías Terrestres, así como vocal de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica 2021-2022. Ha ocupado cargos públicos como subdirector de Planeación y Control en el Ayuntamiento de Naucalpan, Estado de México, entre otros.

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ENRIQUE GUEVARA ORTI

Ingeniero mecánico electricista por la Facultad de Ingeniería de la UNAM, con estudios de especialización en México y el extranjero en Protección Civil, Sistemas de Alerta Temprana y Gestión Integral de Riesgos de Desastre. Inició su trayectoria en el Instituto de Ingeniería en la Coordinación de Instrumentación Sísmica. Fue coordinador operativo del Servicio Sismológico Nacional y en el Cenapred ocupó diferentes cargos desde su incorporación en 1989, donde actualmente es el director general. Ha sido asesor y consultor de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (CDMX), de la LXII Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados federal, de la Estrategia Internacional para la Reducción del Riesgo de Desastres de las Naciones Unidas y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe.

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FLORES CORONA

Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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LEONARDO E. FLORES CORONA

Ingeniero civil y maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la UNAM. Coordina el Grupo de Trabajo redactor de las Normas Mexicanas sobre mampostería en el Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, y es secretario en la Sociedad Mexicana de Ingeniería Sísmica. Se desempeña como jefe de departamento de Ingeniería Sísmica y Mecánica estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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MICHELLE MUNIVE GARCÍA

Geógrafa egresada de la UNAM con maestría en Sociedades Sustentables por la UAM. Tiene un diplomado en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia de los Desastres. Es técnica básica en Gestión Integral del Riesgo por la Escuela Nacional de Protección Civil y se desempeña como investigadora en Geotecnia y Cimentación, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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ANTULIO ZARAGOZA ÁLVAREZ

Geógrafo por la UNAM. Cuenta con diplomados en Gestión, Ingeniería y Ciencias para la Resiliencia en los Desastres. Labora como jefe de Departamento de Análisis de Fenómenos Geotécnicos, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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JOEL ARAGÓN CÁRDENAS

Maestro en Ingeniería con especialidad en Estructuras por la Facultad de Ingeniería de la Universidad Autónoma de México (UNAM). Formó parte de la Subdirección de Riesgos Estructurales en el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), donde actualmente es subdirector de Vulnerabilidad Estructural de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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LEOBARDO DOMÍNGUEZ MORALES

Ingeniero civil por Benemérita Universidad Autónoma de Puebla con Maestría en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Ingeniería de la UNAM, donde fue profesor investigador. Ha participado en proyectos sobre instrumentación geotécnica, sísmica y puvial en diversas partes del mundo y ha colaborado en misiones de apoyo técnico en América Latina y Asia. Es miembro fundador del Comité de la Estrategia Mexicana para la Mitigación de Riesgos por Inestabilidad de Laderas.

Actualmente es el subdirector de Dinámica de Suelos y Procesos Gravitacionales, de la Dirección de Investigación del Cenapred.

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YOLANDA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

Doctora en Arquitectura por la Universidad de Guanajuato, así como licenciada y maestra en Arquitectura por la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY). A lo largo de su trayectoria se ha desempeñado tanto en el sector privado, el público, como en la docencia, trabajando como profesora e investigadora en la Facultad de Arquitectura de la UADY, y desde el año 2000 en el área de diseño y desarrollo urbano y vivienda. Actualmente es coordinadora de la Maestría en Arquitectura de la FAUADY. Sus áreas de investigación son la expansión urbana, así como los instrumentos normativos.

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MARIO ALFREDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ

Doctor en Humanidades, con especialidad en Filosofía Moral y Política, por la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa (UAM-I). Se desempeña como profesor investigador de la Facultad de Filosofía y Letras, así como coordinador del Posgrado Interinstitucional en Derechos Humanos en la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Es integrante del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. A lo largo de su trayectoria ha sido profesor invitado en numerosas universidades y fungió como asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

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MAIRA GABRIELA JURADO GUTIÉRREZ

Maestra en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana con estudios en Cooperación Internacional para el Desarrollo, y Licenciada en Relaciones Internacionales, también por la Universidad Iberoamericana. Actualmente se desempeña como directora de Operación y Seguimiento a Programas en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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CARINA ARVIZU MACHADO

Maestra en Diseño de Ciudad y Ciencias Sociales por la London School of Economic and Political Sciences y arquitecta por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Actualmente se desempeña como directora de Desarrollo Urbano del Tren Maya en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y fue subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial Urbano (Sedatu).

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MALINALLI HERNÁNDEZ-REYES

Estudiante del Doctorado en Estudios Humanísticos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Su investigación se centra en los efectos de las tareas reproductivas en la labor productiva de la mujer en la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM). Es maestra en Ingeniería y Administración de la Construcción por la misma institución y por la Universidad Veracruzana. Realizó una estancia académica en el Grupo de Investigación en Geografía y Género del Departamento de Geografía en la Universidad Autónoma de Barcelona para la revisión metodológica de su investigación doctoral.

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ALEJANDRA PALACIOS M.

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo en Sistemas de Información Geográfica para las Áreas de Vivienda y Urbanismo del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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JOAQUÍN R. GARCÍA V.

Arquitecto por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Se desempeña como especialista de Apoyo para el Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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CARMEN ARMENTA MENCHACA

Arquitecta por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Es especialista en Diseño Urbano y Desarrollo Inmobiliario. Ha desarrollado una trayectoria profesional híbrida, alternando su trabajo entre la academia, la investigación tanto científica como aplicada, y la práctica privada de la profesión. Su principal línea de investigación es la vivienda, privilegiando la investigación aplicada para el desarrollo de metodologías y programas, dirigidos a dar solución a la problemática de vivienda en los sectores de población históricamente más vulnerables y vulnerados. Desde el 2014 es líder del Área de Vivienda del Centro Cemex-Tec de Monterrey.

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ELENA V. V. SOLÍS PÉREZ

Licenciada en Psicología por la Universidad Autónoma Nacional de México (UNAM) y especialista en producción social de vivienda de bajos ingresos. Cuenta con una trayectoria de más de 45 años en la administración pública, la academia y la iniciativa privada. Ha colaborado en organismos de vivienda y de regularización de la tenencia de la tierra en el ámbito federal y de la Ciudad de México. Ha realizado investigaciones en materia de vivienda y política habitacional para el Banco Mundial, Hábitat para la Humanidad América Latina y el Caribe y el Centro Cooperativo Sueco. Colaboró con la Comisión de Vivienda para las reformas a la Ley de Vivienda 2006. De 2007 a la fecha dirige el Centro de Apoyo Mejoremos, una organización distinguida con el Premio Nacional de Vivienda 2014, en la categoría de Producción Social de Vivienda Urbana.

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PEDRO PACHECO SOLANO Y ALICIA SOFÍA LANDÍN QUIRÓS

Estudiantes de noveno semestre de Ingeniería en Desarrollo Sustentable del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2018 han sido asistentes de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM participando en la elaboración de atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano.

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SEBASTIÁN FAJARDO TURNER

Estudiante de décimo semestre de la carrera de Arquitectura del Tecnológico de Monterrey. Desde enero de 2020 se desempeña como asistente de investigación en el Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, donde ha participado en la elaboración de planes municipales de desarrollo y un estudio sobre la expansión urbana de Monterrey.

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DIEGO FABIÁN LOZANO GARCÍA

Biólogo egresado de la Facultad de Ciencias de la UNAM. Cuenta con una Maestría en Ciencias y un Doctorado del Departamento Forestal en el área de Análisis Geoespacial, por la Universidad de Purdue, Indiana, en Estados Unidos. Es director y fundador del Laboratorio de Sistemas de Información Georreferenciada del ITESM, campus Monterrey. También es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel I. Tiene una amplia experiencia en el uso de herramientas de percepción remota para análisis de riesgos, calidad ambiental y desarrollo urbano.

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ROBERTO PONCE LÓPEZ

Doctorado en Estudios Urbanos y Planeación por el Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT), en Estados Unidos, y una Maestría en Política Pública por la Universidad Carnegie Mellon (CMU), en Estados Unidos. Actualmente es profesor-investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey. Su investigación es sobre la modelación urbana y el diseño de políticas públicas de transporte y uso de suelo.

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PALOMA SILVA DE ANZORENA

Experta en el diseño de políticas públicas, subsidio y financiamiento a mercados de vivienda y desarrollo urbano sustentable en Latinoamérica y el Caribe. Actualmente labora en el Banco Interamericano de Desarrollo en Washington. A lo largo de su trayectoria profesional se ha desempeñado como ministra de Vivienda en México y directora general adjunta de Sociedad Hipotecaria Federal. Es socia fundadora de IXE Banco y AFORE XX, así como miembro del consejo de administración de diversas instituciones públicas. También se desempeña como catedrática con más de 20 años de experiencia, impartiendo clases a nivel licenciatura y maestría.

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NORMA GABRIELA LÓPEZ CASTAÑEDA

Es abogada por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y Maestra en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana (UP). Desde diciembre de 2018 tiene a su cargo la Dirección de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos en otras instituciones públicas, como el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Asimismo, ha laborado en la industria privada y la academia.

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IRENE ESPINOSA CANTELLANO

Economista y funcionaria pública. Desde enero de 2018 ocupa el cargo de subgobernadora del Banco de México, convirtiéndose en la primera mujer dentro de la Junta de Gobierno que se estableció con la autonomía en 1994, y la primera en ocupar un rol cupular en el banco central mexicano desde su creación en 1925. Cuenta con una trayectoria de más de 25 años de experiencia en el sector financiero y académico. Se ha destacado profesionalmente tanto en la administración pública como en organismos financieros internacionales.

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JOANA CECILIA CHAPA CANTÚ

Doctora en Economía con especialidad en Teoría Económica y Aplicaciones, titulada con honores, por la Universitat de Barcelona (UB). Desde 2003 es profesora de tiempo completo de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), y desde 2016 es directora de su Centro de Investigaciones Económicas. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel II, así como miembro fundador y activo de asociaciones vinculadas al análisis sectorial y de finanzas públicas. Del 2007 a la fecha cuenta con alrededor de 50 publicaciones. Sus principales áreas de interés son los modelos multisectoriales, el crecimiento económico y las finanzas públicas.

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MARÍA EUGENIA HURTADO AZPEITIA

Doctora en Arquitectura y profesora en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) desde 1982. Es jefa del taller de proyectos del grupo de apoyo técnico solidario Espacio Máximo y Costo Mínimo, A.C. desde 1983. Junto con su asociado, Carlos González y Lobo, sus trabajos y proyectos han sido distinguidos con diversos premios, entre los que destacan el premio Vassilis Sgoutas 2011, otorgado por la Unión Internacional de Arquitectos UIA en Tokio, y el premio honorífico Magdalena de Plata, 2013, concedido por la Federación de Arquitectura Social – FAS. Ha impartido cursos y dictado talleres en organizaciones civiles de Chile, Cuba, España, México, República Dominicana y Marruecos. Es miembro de la Asociación Mexicana de Arquitectas y Urbanistas (AMAU) y formó parte de la red XIV-E: Vivienda Rural del CYTED-HABYTED de Cooperación Iberoamericana.